REGLAS ACTUALIZADAS DE LOS POBRES CABALLEROS DE CRISTO



Reglas de los Pobres Caballeros de Cristo del Templo de Solomon de Jerusalem

Reglas redactadas en el Concilio de Troyes en el año del señor 1.128 por San Bernardo de Claraval.
Actualizadas y adaptadas a los tiempos eclesiales y de vida de las ordenes de hoy según Derecho Canonico
Fr. Giovanni Luisio Mass

FUNDAMENTACIÓN  DE  LAS  REGLAS  ACTUALIZADAS

  DE LOS

"POBRES CABALLEROS DE CRISTO"


Estas reglas, en su sentido propio, son las normas que se establecen a tenor del derecho, para regir la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo, como una Asociación Civil de Carácter Religioso,  son las que determinan su fin, constitución, régimen y forma de actuar (Can. 94.). Es por tal que las denominadas Órdenes religiosas, bien sean terceras ordenes u otras similares antiguas, monacales o modernas, se denominan así, por tener unas Reglas como normas de vida.

   Se establece que todas las Asociaciones de fieles, tanto públicas como privadas, cualquiera sea su denominación, nombre o título, deben tener sus estatutos propios, en los que se determine el fin u objeto social de la Asociación, su sede, el gobierno y las condiciones que se requieren para formar parte de ellas, y se señale también su modo de actuar, teniendo en cuenta la necesidad del lugar. (Can. 304)

   Estas Reglas solo obligan a los que han prestado juramento como Sargentos, Caballeros de Capitulo y Caballeros Investidos legítimamente en la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo. Estas reglas deberán ser cumplidas por todos los que buscamos a Dios mediante la Espiritualidad Templaría. Las prescripciones de estas reglas han sido establecidas y promulgadas en virtud de la potestad legislativa de las autoridades de la Orden y las autoridades Eclesiales, se rigen por las normas de los cánones acerca de las leyes (94.2-3), y de la antigua tradición de los Pobres Caballeros de Cristo.

  Estas Reglas son normas, que han de observar todos los Hermanos de nuestra Fraternidad, en las reuniones de Capitulo, en su vida diaria, tanto convocadas por la autoridad de la Orden como por la autoridad eclesiástica.

Tenemos que resaltar que estas reglas son fundamentales sobre el gobierno de la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo y la disciplina de vida de la Fraternidad. 

Estas Reglas deben ser revisadas y aprobadas por la autoridad competente de la Iglesia, y solo con su consentimiento puede modificarse. (Can. 587).

Nuestra Orden es una Fraternidad Laical, que reconocida como tal por la autoridad de la Iglesia, en virtud de su naturaleza, índole y fin, tiene una función propia determinada por su fundadores, San Bernardo de Claraval y Hugo de Payes y por una tradición legitima, esta Orden no incluye el ejercicio del Orden Sagrado (Can 588), pero sus integrantes pueden acceder al orden sagrado o algún hermano del Orden Sagrado puede acceder a la orden.

La Orden de los Pobres Caballeros de Cristo tiene estatutos a parte de estas reglas (Can. 95), Estatutos que están aprobados por la dirección de culto del ministerio de justicia y debidamente inscritos en los libros respectivos del registro subalterno de la ciudad de El Tigre en el Municipio Simón Rodríguez, de la República Bolivariana de Venezuela. Los estatutos son para el carácter más fundamental, no necesitan aprobación de la Jerarquía y pueden modificarse a tenor de las circunstancias, sin que la Jerarquía tenga que aprobar los cambios.

Prologo



Es para los Hermanos de la orden de los Pobres Caballeros de Cristo de la República  de Venezuela, un honor presentar estas reglas, las cuales fueron adaptadas según a los “Signos de los Tiempos” y revisadas, tomando como base la antigua regla traducida por Judith Upton - Ward, “The Rule of The Templars Woodbridge”, y al mismo derecho Canónico Latino promulgado por el hoy fallecido “Juan Pablo II” Obispo de Roma.

  Revisamos las reglas Antiguas y las adaptamos según las necesidades y realidades actuales de la espiritualidad de la Iglesia Católica, apostólica y romana. De igual forma se utilizaron las sagradas Escrituras en su versión Original de Jerusalén y por supuesto el Derecho Canónico para la Iglesia Latina vigente, además de las Reglas redactadas en el concilio de Troyes en 1.128 por San Bernardo de Claraval. Se asumió en vivir la, interpretarla y re capacitarla, aplicando nuestros humildes conocimientos, para así tomar de cada Regla, el espíritu original y vivir lo en el hoy. Descomunal compromiso; nos pesa el pulso y así en completa oración nos hemos dispuesto a realizar esta labor para la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo, consientes que muchos han sido los intentos durante estos casi 700 años, tiempo este por el cual la milicia de Cristo ha sido desterrada de la casa de Dios, como lo es la Santa Madre Iglesia Católica, Apostólica y Romana.

  Esta regla es un intento de volver a nuestra casa, a la casa del Padre y por tal buscar formas de espiritualidad que acaben con 700 años de oscuridad y distorsiones, buscando así su conexión espiritual y legitima con la Santa Iglesia Católica, seno originario de la misma.

   Se han complementado las Reglas, a la vida actual de las Asociaciones de Fieles y terceras Órdenes, observando su día a día, no hemos eliminado ninguna de las antiguas, solo la hemos interpretado y adaptado según las normas actuales de la Iglesia Católica, Apostólica y Romana.
   Sobre el orden original de las Reglas, también las hemos respetado tal cual se recitaron en el Concilio de Troyes en la fiesta de San Hilario, en el año de la Encarnación del Señor Jesucristo de 1.128, en el noveno año de la fundación de la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo, por Hugo de Payns y que el escriba Jean Michel, al cual se le encomendó y confió el divino oficio por la gracia del Altísimo, redactar el documento antiguo por orden del consejo y del venerable padre San Bernardo, Abad de Clairvaux. Sobre este orden, como hemos mencionado, se mantendrá así ya que facilitaría la comparación con la Regla antigua y de esta manera poder observar las adaptaciones.    Entendemos que esta tarea esta inconclusa y que nuestra Orden de los Pobres Caballeros de Cristo, deberá siempre buscar su acomodo a las exigencias de esta sociedad, que busca en lo Antiguo su genética historia.
  Que la Santísima Virgen María, tres veces santa, nos cubra con su manto y nos haga ver nuestras debilidades. Que nuestro Señor Jesucristo nos haga ver su rostro y nos acompañe siempre. ”No a nosotros Señor, no a nosotros, sino toda la Gloria para tu santo Nombre”
  Venezuela, 16 de Abril de 2.006, en la ciudad de El Tigre. Primera adaptación.
  Venezuela, 20 de Abril de 2.008. Segunda adaptación.
  Venezuela, 01 de Enero de 2.009. Tercera adaptación.   Edo. Anzoátegui
“Líbranos, Yahvé, de los hombres Malvados, guárdanos de los Hombres violentos, que traman maldades en su interior (Sal. 139)
FIELES  y  VALIENTES

Dedicatoria a la Virgen María la Madre de Dios



Esta adaptación de la Regla está dedicada con ternura a la Inmaculada Concepción, ya que sin ella, sin su Sí y “Hágase en Mi según tu Palabra”, nunca el Sol que viene de lo alto hubiese venido a este Mundo.

   Los Templarios siempre hemos sido fieles devotos de nuestra Señora, la Virgen María,  Madre de Jesús, al igual que nuestro impulsor y padre San Bernardo, no tiene ni pies ni cabeza pensar que no tenemos a la Virgen María como modelo de Cristiandad y Fortaleza, los templarios hemos dado  nuestra vida por defender la Cristiandad, derramamos nuestra sangre por nuestro Señor Jesucristo y su Santa Madre María Santísima, de hecho tenemos devoción especial por “Nuestra Señora Virgen e Inmaculada”.

   Por tal motivo dedicamos estas adaptaciones a la Mujer que llevo en su seno y en su vida al Redentor.

   
A todos los Templarios del Mundo

La Regla y sus adaptaciones


La regla está dirigida a todos aquellos hermanos Pobres Caballeros de Cristo, quienes con discernimiento rechazan su propia voluntad y desean de todo corazón servir a Dios como su Rey soberano para ser Caballeros del mismo y así llevar permanentemente con supremo afán la noble armadura de la obediencia. Por lo tanto estimulamos a seguir a los escogidos por Dios, de entre los que viviendo en el mundo, no son para él y están dispuestos, en virtud de su sutil misericordia a defender la Santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana, la cual deseamos abrazar por siempre y para siempre.
                                                                                                                             (I)

or sobre todas las cosas, quienes quieran ser Caballeros de Cristo, escogiendo estas sagradas ordenes en su profesión de fe e investidura, debe unir sencilla diligencia y firme perseverancia, que es tan valiosa y sagrada, y se revela tan noble, que si se mantiene impoluta para siempre, merecerán acompañar a los mártires que dieron la vida y sus almas por Cristo Jesús. En esta orden, ha florecido y se ha revitalizado los valores y virtudes de la orden caballeresca, el amor por la justicia, defendiendo a los pobres, las viudas, los huérfanos y los templos. Dios que actúa conforme a nosotros y nuestro Salvador Cristo Jesús; ha enviado a sus partidarios desde la ciudad Santa de Jerusalén y a todo el mundo, para nuestra salvación y como muestra de la verdadera fe, pues no cesan de ofrecer sus vidas por Dios, en piadoso sacrificio.                                                                
                                                                                                                        (II)




Ante ello nosotros, en completo gozo y hermandad, por requerimiento del Maestro Hugues de Payens, por quien la mencionada Orden caballeresca ha sido fundada, con la gracia del Espíritu Santo, nos reunimos en Troyes, de entre varias provincias más allá de las montañas, en la fiesta de San Hilario, en el año de la Encarnación de Cristo Jesús de 1.128, en el noveno año tras la fundación de la anteriormente mencionada Orden caballeresca. De la conducta e inicios de la Orden de Caballería hemos escuchado en capítulo común de labios del anteriormente citado Maestro, Hermano Hugues de Payens; y de acuerdo con las limitaciones de nuestro entendimiento, lo que nos pareció correcto y beneficioso alabamos, y lo que nos pareció erróneo rechazamos.                                                                  (III) 

Todo lo que aconteció en aquel Consejo no puede ser contado ni recontado; y para que no sea tomado a la ligera por nosotros, sino considerado con sabia prudencia, lo dejamos a discreción de ambos nuestro honorable padre el Señor Honorio y del noble Patriarca de Jerusalén, Esteban, quien conoce los problemas del Este y de los Pobres Caballeros de Cristo; por consejo del concilio común lo aprobamos unánimemente. Aunque un gran número de padres religiosos reunidos en capítulo aprobó la veracidad de nuestras palabras, sin embargo no debemos silenciar los verdaderos pronunciamientos y juicios que emitieron.                                       (IV)

Por tanto yo, Jean Michel, a quien se ha encomendado y confiado tan divino oficio, por la gracia de Dios, he servido de humilde escriba del presente documento por orden del consejo y del venerable padre Bernardo, abad de Clairvaux.                                                                                                                                            (V)

Los nombres de los Padres que asistieron al Concilio


Primero fue Mateo, obispo de Albano, por la gracia de Dios, legado de la Santa Iglesia de Roma; Renaud, arzobispo de Reims; Henri, arzobispo de Sens; y sus clérigos: Gocelin, obispo de Soissons; el obispo de París; el obispo de Troyes; el obispo de Orlèans; el obispo de Auxerre; el obispo de Meaux; el obispo de Chalons; el obispo de Laon; el obispo de Beauvais; el abad de Vèzelay, quien posteriormente fue arzobispo de Lyón y legado de la Iglesia de Roma; el abad de Cîteaux; el abad de Pontigny; el abad de Trois-Fontaines; el abad de St Denis de Reims; el abad de St-Etienne de Dijon; el abad de Molesmes; al anteriormente mencionado Bernard, abad de Clairvaux: cuyas palabras el anteriormente citado alabó francamente.

También estuvo presente el maestro Aubri de Reims; el maestro Fulcher y varios otros que serían tediosos mencionar. Y de los otros que no se han mencionado, es importante asentar, en este asunto, de que son amantes de la verdad: ellos son, el conde Theobald; el conde de Nevers; Andrè de Baudemant. Estuvieron en el concilio y actuaron de tal proceder, con perfecto y cuidadoso estudio seleccionando lo correcto y desechando lo que no les parecía justo.                                          (VI)                                           


Y también presente estaba el Hermano Hugues de Payens, Maestre de Caballería, con algunos de los hermanos que le acompañaron. Estos eran Hermano Roland, Hermano Godefroy, y Hermano Geoffroi Bisot, Hermano Payen de Montdidier, Hermano Archambaut de Saint-Amand. El propio Maestre Hugue con sus seguidores antedichos, expusieron las costumbres y observancias de sus humildes comienzos y uno de ellos dijo: Ego principium qui et loquor vobis, que significa: "Yo quien habla a vosotros soy el principio" según mi personal recuerdo.                                   (VII)
                                                                                                                      
Agradó al concilio común que las deliberaciones se hicieran allí, y el estudio de las Sagradas Escrituras, que se examinaron profundamente, con la sabiduría de mi señor Honorius, Papa de la Santa Iglesia de Roma y del Patriarca de Jerusalén y en conformidad con el capítulo. Juntos, y de acuerdo con los Pobres Caballeros de Cristo del Templo que está en Jerusalén, se debe poner por escrito y no olvidado, celosamente guardado de tal forma, que para una vida de observancia se puedan referir a su Creador; comparación más dulce que la miel en paridad con Dios; cuya piedad parece óleo, y nos permite ir hacia Él a quien deseamos servir. Per infinita seculorum secula. Amen                                                                             (VIII)

                 Aquí comienza la Regla de los

                 Pobres Caballeros del Temple 


Los que renuncian a su propia voluntad, y los que sirven a Dios como verdadero Rey y Luz del Mundo, soberano de todas las cosas, con las armas de los “Signos de los Tiempos”, como lo es la verdadera Evangelización, utilizando todos los recursos actuales que Dios nos pone a nuestra disposición.

    Para la salvación de nuestras almas y por el tiempo establecido, acudan con el deseo virtuoso a oír matinés (Liturgia de las Horas) y el servicio completo, según la ley del Derecho Canónico Latino promulgado en  Roma, Palacio del Vaticano, el 25 de Enero de 1.983,  mil novecientos ochenta y tres por su Santidad el Papa Juan Pablo II.

También el oír Misa según su lengua vernácula y conscientes de que la Misa es el centro de nuestra vida. Recordemos que es el sacramento más augusto, el cual contiene, se ofrece y se recibe al mismo Cristo Nuestro Señor, es la Santísima Eucaristía, por la que la Iglesia y los Pobres Caballeros de Cristo viven y crecen continuamente. Canon 897.


   Oh ustedes venerables hermanos, que Dios sea con ustedes, si prometen despreciar las reglas del mundo por perpetuo amor a Dios, desterrar las tentaciones de nuestro cuerpo; sostenido por el alimento de Dios en la Eucaristía ya que ella es el memorial de su muerte y resurrección, en el cual se perpetua a lo largo de los siglos el Sacrificio en la Cruz, es el culmen y la fuente de todo culto, de toda la vida del cristiano y por ende del templario. Canon 897.

 De esta forma beber y ser instruidos en los mandamientos de Nuestro Señor; al final del oficio divino y del acompañamiento de la Liturgia de las Horas, ninguno debe temer entrar en la batalla de las tentaciones del Mundo si por ende lleva orden en su vida, en la Batalla en la defensa de la Civilización Occidental y sus valores y la Santa Iglesia por medio del Sumo Pontífice.                                                                                                                                                                                        (IX)

Pero si cualquier hermano investido, es enviado por el trabajo de la casa de los hermanos de la Orden de los Pobres Caballeros y  de Cristo y por la Evnagelización de la palabra de Dios y por la Cristiandad a cualquiera parte del mundo y este ocupado en las cosas de Dios, algo que creemos que debe ocurrir frecuentemente y no pueda escuchar el Divino Oficio (es el conjunto de oraciones salmos, antífonas, himnos, oraciones, lecturas bíblicas y otras) que la Iglesia ha organizado para ser rezadas en determinadas horas de cada día), deberá decir en lugar de matinés y primeras vísperas trece padrenuestros, siete por cada hora litúrgica y nueve por vísperas en la tarde.

   Y todos juntos les ordenamos que así se haga. Por aquellos que han sido enviados y no puedan volver para asistir al divino oficio, si les es posible a las horas establecidas, que deberán ser omitidas, rendir a Dios su homenaje.
                                                                                                                 (X)

La forma en que deben ser recibidos los Hermanos Aspirantes

Cualquier Caballero seglar o cualquier otro hombre, que desee dejar las cosas del mundo y abandonar la vida secular y abrazar nuestra forma de vida escogiendo a nuestra comunidad, no lo consientan inmediatamente, porque según ha dicho San Pablo: Probate spiritus si ex Deo sunt. Que quiere decir: "Prueba el alma a ver si viene de Dios" Sin embargo, si la compañía de sus hermanos le debe ser concedida, dejen que le sea leída la Regla, y si complace a los superiores de la orden, como a los hermanos investidos el recibirlo, déjenlo revelar su deseo en forma oral y por escrito ante todos los hermanos reunidos en capitulo y hacer su solicitud de corazón.

   No se reciba fácilmente al que recién llega para ingresar a la vida templaría, ya que no es un club que con solo cumplir un papeleo ya está dentro, no,  esta es la Milicia de Cristo, en donde no se acepta personas que vean esta casa como masonería, rosacrucismo o esoterismo.


Por lo tanto, si el que viene persevera llamando, y parece soportar con paciencia, durante unos treinta días, las pruebas que  se le hacen y la dilación de su ingreso, y persiste en su petición,  permítasele entrar, y este se pueda sentar en el comedor con los hermanos o se le invita a una comida con la comunidad unos pocos días.  Después de esto, viva en la residencia de los novicios o que venga a su formación si vive en su casa, ya que no se le obliga a cambiarle residencia, sino que puede seguir viviendo en ella y si lo decide después de Investido, pero si desea estar en una casa de formación de hermanos novicios en comunidad donde éstos meditan, comen y duermen llámense Aldeas casas Templarías. Asígneseles a éstos un Sargento Mayor  que sea apto para ganar almas, para que vele sobre ellos con todo cuidado y sea su maestro de Novicios o Sargentos.
Debe estar atento para ver si el sargento novicio busca verdaderamente a Dios, si es pronto para la Obra de Dios, para la obediencia y el trabajo en equipo. Prevénganlo de todas las cosas duras y ásperas por las cuales se va a Dios. Si promete perseverar en la estabilidad, al cabo de dos meses léasele por orden esta Regla,  y dígasele: He aquí la ley bajo la cual quieres militar que es la Blanca Milicia de Cristo. Si puedes observarla, entra; pero si no puedes, vete libremente.

 Si todavía se mantiene firme, lléveselo a la sobredicha residencia de los novicios sargentos, y pruébeselo de nuevo en toda paciencia y si no que se le imponga un régimen de formación desde su casa y asista a la formación.  Al cabo de seis meses, léasele la Regla nuevamente para que sepa a qué entra.  Y si sigue firme, después de cuatro meses reléasele de nuevo la misma Regla. 
Y si después de haberlo deliberado consigo, promete guardar todos sus puntos, y cumplir cuanto se le mande, sea recibido en la comunidad definitivamente para prepararlo para su investidura, sabiendo que, según lo establecido por la ley de la Regla, desde aquel día no le será lícito irse de la casa del Temple sin  haberlo manifestado, ni sacudir el cuello del yugo de la Regla, que después de tan morosa deliberación pudo rehusar o aceptar.                                                          (XI)

El que va a ser recibido, prometa en el oratorio, en presencia de todos, su estabilidad, vida caballeresca y obediencia,  delante de Dios y de sus santos, para que sepa que si alguna vez obra de otro modo, va a ser condenado por Aquel de quien se burla.
 Para recibir a un próximo hermano y ser admitido como novicio (sargento) debe cumplir con los requisitos de los cánones 641 y 645 que rezan lo siguiente:
A.- Deberá tener los Diez y Ocho 18 años de edad.
B.- Deberá presentar el certificado de bautismo y si es posible de confirmación y una carta donde exprese libremente su ingreso y carta de renuncia publica de no pertenecer a ninguna asociación que atente contra la iglesia y sus principios como por ejemplo la masonería o el rosacrucismo.
C.- Deberá presentar un informe según derecho sobre su idoneidad de los candidatos y sus carencias.
D.- Si es posible la revisión de un perito idóneo o informe psicológico.
Todo esto antes de su ingreso e investidura.                                              (XII)

  Sobre cómo debe ser el Trato con los Excomulgados y el verdadero Ecumenismo

Los Pobres Caballeros de Cristo, no tendrán miedo, ni huirán de los excomulgados, porque ¿Quién de ustedes, teniendo cien ovejas y habiendo perdido una de ellas, no deja las noventa y nueve en el desierto y marcha tras la pérdida hasta que la encuentre? Y encontrándola, la pone sobre sus hombros llenos de alegría y, llegando a casa, convoca a sus amigos y vecinos, diciéndoles: “¡Alégrense conmigo porque halle la oveja perdida!”.
Así pues, les decimos que habrá más alegría en el cielo por un pecador que se arrepienta que por noventa y nueve justos que no necesitan penitencia. Porque no es el sano quien necesita del médico, sino el enfermo.

   El Hermano Pobre Caballero de Cristo debe  alcanzar la plena comunión entre los cristianos (el verdadero Ecumenismo se da solo entre los cristianos), lo primero que debe hacer es la oración, bien unida a la de Cristo: “no ruego sólo por éstos, sino por los que van a creer en mí por su palabra” (Jn 17, 20), “para que sean uno como nosotros somos uno. Yo en ellos y Tú en mí, para que sean consumados en la unidad” [. «Jn 17, 22-23).

   No podemos “hacer” la unidad sólo con nuestras fuerzas. Podemos obtenerla solamente como don del Espíritu Santo.

   Por tanto, el ecumenismo espiritual, es decir, la oración, la conversión y la santidad de vida, son el corazón del encuentro y del movimiento ecuménico del Templario. Un Templario o Pobre Caballero de Cristo en su oración, todos los hermanos de la Orden deben pedir cada día con las mismas palabras del Señor: Ut omnes unum sint, sicut tu Pater in me et ego in te: ut sint unum, sicut et nos unum sumus..

Cada pobre Caballero de Cristo ofrece la oración, la expiación y la acción por esta finalidad: «ut sint unum!» –para que todos los cristianos tengamos una misma voluntad, un mismo corazón, un mismo espíritu: para que «omnes cum Petro ad Iesum per Mariam!» –“que todos, bien unidos al Papa, vayamos a Jesús, por María La Madre de Dios”.                                                                                   (XIII)


Sobre cómo deben aceptarse los niños y jóvenes


Aunque la regla de los santos padres y la antigua cristiandad permite en recibir a los niños en la vida religiosa, nosotros guardamos los cánones y leyes actuales de la Iglesia Latina, en la cual se recomienda que para ser admitidos a nuestra augusta orden tengan cumplidos los 18 años. Canon 641. Ahora podrá recibirles a los niños en codas apostólicas de la línea Caballeresca de Los Pobres y recibirán una buena formación cristiana y templaría el cual se les denominara Escuderos y Escuderitos, para que de esta forma se vayan instruyendo en las costumbres de la orden del temple y vayan adquiriendo una verdadera vocación a la misma.             (XIV)


Sobre los que están de pié demasiado tiempo en la Capilla     



La forma de escucharla y sobre cómo debe ser rezada la Liturgia de las Horas
Observamos que muchos hermanos no cumplen una verdadera observancia en la forma de escuchar la Misa, le recomendamos que se escuche la misma según las reglas de la Iglesia Católica Latina, guardándose el decoro y algunas costumbres de otras naciones, pero sin lastimar el verdadero sentido litúrgico.

   Tenemos que recordar que todo bautizado puede ser admitido a la sagrada comunión si no tiene ningún impedimento canónico. Canon 912. Este sacrificio debe celebrarse en lengua latina, o en otra lengua con tal que los textos litúrgicos hayan sido legítimamente aprobados. Canon 928. 
   Sobre la Liturgia de las Horas nuestra Madre la Iglesia, ejerciendo las funciones sacerdotales de Cristo, celebran la liturgia de las horas, porque oyendo a Dios que habla a su pueblo y recordando el Misterio de la Salvación, le alaba sin cesar con el canto y la oración, al mismo tiempo ruega por la salvación de todo el mundo. Canon 1.173.
La obligación de celebrar la liturgia de las horas vinculada a los clérigos según la norma de Canon 276, Nº 2 y 3; A todos los miembros de institutos y asociaciones de vida consagrada y órdenes. Canon 1.174. Al celebrar la liturgia de las horas, se ha de procurar observar el curso natural de cada hora en la medida de lo posible.

 Sobre la Liturgia de las Horas Ordinal Primero

 Los Hermanos de la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo, y aquellos que con ellos por la salvación de sus almas militan bajo la bandera de Nuestro Señor Jesucristo y de Nuestra Señora de la Milicia del Templo, cada día dirijan sus suplicas a Dios, Señor de  todas las cosas, con toda humildad y sincera devoción.
 Los Caballeros y las Damas de Cristo recitaran el Oficio de la Liturgia de las Horas según la costumbre de la Iglesia Romana, todas las “Horas Diurnas”.
   Pero, si esto no fuese posible, tengan al menos el propósito de recitar siempre Laúdes y Vísperas. Memoria de cuanto ha dicho el Señor. “Donde dos o tres se reúnan en mi Nombre, yo estaré en medio de ellos”.

  Procuren los Caballeros, en lo posible, recitar el Oficio en comunidad, con la precisa observancia y ceremonial previsto. Y esto valga especialmente para la Hora de Vísperas. 
Cuando los Caballeros Templarios no pueda recitar La Liturgia de las Horas u Oficio de las Horas diga un Padre Nuestro, diez Aves María, un Gloria al Padre y un Réquiem Aeternam. Las Damas deben unirse a los Caballeros, tan a menudo como le sea posible, para recitar el Oficio de las Horas, y es cosa loable que también lo reciten a solas. Pero pueden tranquilamente decir un misterio del santo Rosario por el bien de la Milicia del Templo.
Cuando el Capítulo se reúna para rendir el tributo de alabanza al Señor Omnipotente y a Nuestra Señora de la Milicia la Virgen María, lo hará con humildad y reverencia y observando las prescripciones litúrgicas.

   Al Gloria Patri y siempre que la Santa Trinidad sea invocada, todos estarán de pie y se realizara una inclinación profunda (venia), así como en el Pater Noster que el Maestro o su representante, rezara solo, como cabeza de comunidad, basta…”el ne nos induzcas in tentationem” y todos responderán” “sed libera nos malo”.                                                                                                      (XV) 

        Como han de escuchar los Hermanos la liturgia de las horas.


los Hermanos enfermos basta con estar sentados para la consagración y si le es posible  levántense, pero si no pueden solo hagan una venia con la cabeza sin levantarse. Durante el Evangelio, el “Tedeum laudamus”.
Recomendamos que después de Misa se guarde silencio e ir cada uno a su casa o aposento según la forma de comunidad que guarden los hermanos reunidos, evitando, si se puede no hablar en público hasta llegar a su destino o habitación. Si no se pudiese, que hable sin levantar la voz, pues puede ocurrir que habiendo salido de Misa, se encuentre con la necesidad de hablar de alguna cosa necesaria que concierne a su oficio dentro de la orden o de la Iglesia misma, entonces que hable , pero de otra forma no. Pues deben saber que consta en la mayoría de los proverbios lo siguiente: Del silencio hemos nacido y a el deberemos retornar cuando perdemos la vida”.
  Sugerimos a los que están cansados por razones del trabajo del temple u otra causa mayor no ir a Misa temprano.
 Alabamos que los Caballeros cansados y fatigados por la dureza de sus trabajos cotidianos, no se levanten a Oficio Divino temprano, sino que descansen y se levanten más tarde para ir a trabajar. Aunque, luego, mientras se dirigen al trabajo deben rezar mentalmente un Padre nuestro, para que de esta forma el hermano sea acompañado a su trabajo por Dios, pues debe tener razón el Profeta cuando dice: “Quien ora al Señor, habla con Él y nunca esta solo”.                              (XVI)

Sobre la vestimenta de los Hermanos

Disponemos que todos los hábitos y capas de los Hermanos pobres Caballeros de Cristo, sean uniformes sin alteración alguna.  Sugerimos que en todas las estaciones del año lleven en sus jornadas y capítulos la capa blanca que distingue a un templario.


   Nadie que no sea investido y no pertenezca a nuestra augusta Orden de Caballería de Dios y de Cristo le será permitido tener una capa blanca con las características de nuestra orden, para que quienes han abandonado la vida de oscuridad se reconozcan los unos a los otros como seres reconciliados con su creador por el signo de sus hábitos y capas blancas, según su modalidad de investidura y profesión: que significa pureza y completa castidad (para los que han abrazado el consejo Evangélico de la castidad).


   Recordando quien ha abrazado este consejo evangélico de castidad, ella es certeza en el corazón y salud en el cuerpo. Por lo que si un hermano no toma votos de castidad no puede acceder al eterno descanso ni ver a Dios, por la promesa del apóstol que dijo: Pacem sectamini cum omnibus et castimoniam sine qua nemo Deum videbit. Que significa: "Lucha para llevar la paz a todos, mantente casto, sin lo cual nadie puede ver a Dios.”

  Pero cualquier sea la forma de vida que haya aceptado, y lo cumple también es un signo de castidad, ya que el mismo es signo invisible en nuestra alma que se hace visible en nuestros hábitos y capas.                                                           (XVII)

Las vestimentas de los Hermanos de la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo, deberán ser sobrias y mantenerse sin ostentación ni riquezas y ningún símbolo fuera de las insignias templarías. 
   De esta manera, nosotros exigimos que ningún hermano lleve piel que haga ostentación fuera de lo común. La piel debe usarse moderadamente y solo en caso de protección contra el clima, pero si es de una animal que está en peligro de extinción, se lo prohibimos.

   Prohibimos que se use en sus vestimentas cualquier cosa que no pertenezca al uso del cuerpo.

   Concertamos que se mantenga la uniformidad en los capítulos con respecto a las vestimentas y ojala en la vida diaria del templario, así mismo exhortamos al sastre o a quien haga de mismo o sus funciones (este deberá ser templario o templaría investido) que deberá mostrarse minucioso y cuidar que se mantenga la aprobación de Dios en todas las cosas mencionadas, para que los ojos de los envidiosos y mal intencionados no puedan observar que las vestiduras sean demasiado largas o cortas; deberá distribuirlas de tal manera que sean de la medida de quien las ha de llevar, según la corpulencia de cada uno.
                                                                                                                           (XVIII)

Cuando algún Hermano Pobre Caballero de Cristo, quien por orgullo, vanidad o arrogancia, desea tener para él un mejor, más fino habito y capa, recomendamos que por humildad para que aprenda como lección se le haga y se le dé el más sencillo y humilde de todos.

   Aquellos que reciben vestiduras nuevas, deberán inmediatamente devolver las viejas, para que sean entregadas a los postulantes Escuderos y/o Sargentos, si es preciso a los pobres y más desposeídos si sirvieran, según lo que considere conveniente el encargado de ese menester.

   Cualquier hermano que se dé de baja canónica de la orden, deberá devolver los hábitos y capas. Esta regla a fundamentamos sobre el código de derecho canónico 669, que reza: “Los pertenecientes a una orden religiosa deben llevar el hábito de su orden u instituto, hecho de acuerdo con la norma del derecho propio, como signo de su consagración y testimonio de pobre”.

  Nuestra vestimenta será la capa blanca con la cruz Patriarcal  en el lado izquierdo, sayal blanco por debajo de la capa con la cruz patee al pecho, a la cintura una correa o cordón como signo de obediencia a Jesús. Es la vestimenta monacal sencilla, sin atuendos de frac. O trajes de gala que nada tiene que ver con nuestra orden y de esta forma evitar confusiones con otras organizaciones contrarias a nuestra espiritualidad.                                                                                   (XIX)

Sobre las camisas u otras vestimentas 

Entre otros asuntos sobre los que regulamos, debido a que no se permitirá en algunos casos utilizar el hábito o las capas en algunos eventos fuera de los capítulos, ya que cada país tiene sus regulaciones con respecto a las vestimentas de los religiosos y además por el intenso calor de algunas zonas, recomendamos que se utilice la indumentaria adecuado para su identificación y semejanza con las insignias templarías y la cruz de las ocho beatitudes o pateé al lado  izquierdo o Patriarcal. Esto será signo de uniformidad y podrá reemplazar al hábito diario o capa en momentos especiales fuera de capítulo, el hermano que decidiera utilizarlo como hábito diario podrá hacerlo.

   Para los actos oficiales se utilizara el pantalón negro y camisa gris manga largas con zapatos negros. Para las Damas  falda o pantalón negro y camisa gris, sin alhajas extravagantes, ni maquillaje fuera de lo normal.

Recomendamos que la cruz que se ha de usar en el lado izquierdo de la capa, como signo de llevar la pasión de nuestro Señor en el corazón, sea la Patriarcal y que en el sayal que ha de usarse debajo de la capa, en el centro del pecho deberá usar la Patee.
Las insignias que serán la cruz Patee y la cruz Patriarcal serán rojas  como signo de la sangre de nuestro Señor por nuestra redención.                                  (XX)


                                              Sobre la ropa de cama 


Ordenamos de común acuerdo y así lo aprobamos que cuando se celebre Consejo o Convento o Reunión Capitular de la Orden en otra ciudad o dentro de las casas de retiro de la orden, que cada uno duerma de manera individual en una habitación, y si por sus posibilidades económicas se lo puede permitir lo podrán hacer en un hotel o semejante, de igual manera podrá ser acompañado por otro hermano, en caso de no poder permitírselo, siempre, claro está, que la habitación sea de dos camas.



Si el hermano ha sido acompañado por su mujer, que duerma con ella en una habitación según el caso, sean las habitaciones del hotel o de casa templaría donde se hospedan, y donde reposen deberá haber siempre una luz encendida esto como indicativo que existe gente de luz y no de oscuridad. 



Nosotros ordenamos que ustedes se adhieran a esta misma conducta en lo tocante a barbas y bigotes, para que ningún exceso se muestre en sus cuerpos. Estos deben estar bien cortados y arreglados ya que ello demuestra higiene y sobriedad. 

                                                                                                           (XXI)

Sobre los calzados extravagantes

Prohibimos los calzados extravagantes y corrígenos a los hermanos que los usen; no se permitirán a quienes sirvan en la casa de los hermanos pobres caballeros de Cristo por tiempo determinado, ya que el templario no puede estar sujeto a modas que lo alejen de nuestro Señor.

   Las modas son pasajeras, el Señor es permanente.

   Porque es manifiesto y bien sabido que estas cosas aborrecibles pertenecen a los que están lejos de Dios y se dejan arrastrar por las cosas materiales y banales del mundo.

   Tampoco deberán llevar ni el pelo ni el hábito o capa demasiados largos. Porque aquellos que sirven al Rey Soberano y Creador, deben surgir de la necesidad dentro y fuera mediante de la promesa de Dios mismo quien dijo: Estote mundi quia ego mundus sum. Que quiere decir: “Nace como yo nazco”.                              (XXII)
                                                                                                        

Como se debe comer 

Juzgamos que se ha de observar esto como regla y guía a la racionalidad para que todos los hermanos cuando se juntan a comer en el mismo sitio o en la misma mesa, tengan la misma calidad del sustento según la categoría del lugar. No es útil la aceptación de personas, pero es necesaria la consideración de las enfermedades, pues unos tienen que cambiar la carne por la verdura, comer sin sal, beber agua en vez de vino o según la costumbre, en fin, cualquier cosa que necesitaren será pedida y aceptada por todos, sin mirar si hay que pagar más o menos por este servicio extra. Durante la semana, si no es el día de Pascua o Resurrección, o festividad de nuestra Señora, o de Todos los Santos, baste comer carne dos o tres veces por semana. Porque la costumbre de comer mucha carne no es bueno para los cuerpos. Así, pues, si el martes no la han comido, podrás comerla el miércoles.




  La mejor forma de comer los hermanos y estamos seguro de esto que por sus trabajos, comen en algún restaurante. Pero aun así, cuando alguna cosa les falte y tuvieran necesidad de ella, no la pidan a gritos, háganlo sin levantar la voz. Y así, siempre que se pida algo estando en la mesa de un restaurante o en comunidad, ha de ser con humildad y educación, pues tal como dice el apóstol: “Come tu pan en silencio”, y el salmista les debe de fortalecer cuando dice: ”Puse en mi boca silencio.” que quiere decir algo así como: “guardare mi boca por no herir al que estaba sirviendo.” También como dice el Apóstol: Manduca panem tuum cum silentio. Que significa: "Come tu pan en silencio". Y el salmista: Posui ori meo custodiam. Que quiere decir: "Yo reprimí mi lengua" Que significa que "Yo creo que mi lengua me traicionaría" lo que es, "Callé para no hablar mal". 

                                                                                                             (XXIII)

Sobre la lectura de la Lección antes de comer


Siempre, durante la comida y la cena en la casa del temple, convento o en sus conventos familiares como lo son sus casas, que se lean las agradas Escrituras, si ello es posible.



  Si amamos a Dios, sus Santas palabras y sus Santos Mandamientos, desearemos escuchar atentamente; y el lector da texto os reclamará silencio antes de comenzar a leer. También recordamos que como durante la comida o la cena no podremos tener a un hermano leyendo y nosotros comiendo (costumbre antigua de los conventos), ya que es muy poco de una verdadera comunidad el hacer esto, recomendamos leer esta después de la liturgias de las horas y leerse antes de sentarse a la mesa, de esta forma tendremos presentes la Liturgia de las horas y las lecturas antes de las comidas en nuestras memorias.                              (XXIV)



Sobre pucheros y vasos 

Conviene generalmente que cuando dos o más Caballeros de la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo, coman juntos, se sienten ante una mesa redonda para que ninguno de ellos tenga lugar de privilegio. Y juzgamos justo que cada uno de ellos se sirva la misma porción de vino o cerveza (Según la costumbre) por separadamente.
  
                                                                
     (XXV)

                                          Sobre comer carne


  Deberá ser suficiente, comer carne tres veces por semana, excepto por Navidad, Todos los Santos, la Asunción y la festividad de los doce apóstoles. Porque se entiende que la costumbre de comer carne corrompe el cuerpo. Pero si un ayuno en el que se debe suprimir la carne cae en martes, al día siguiente será dada en cantidad a los hermanos. 

Y los domingos todos los Hermanos del Temple, los Capellanes y Clérigos recibirán dos ágapes de carne en honor a la Santa resurrección de Cristo Jesús. Y el resto de la casa, que incluye los escuderos y sargentos, deberá contentarse con una comida y estar agradecida al Señor por ella.                                                                  (XXVI)

                              Sobre las comidas entre semana


Sobre los otros días de la semana, que son lunes, miércoles e incluso sábados, los hermanos tengan dos o tres comidas de vegetales u otros platos comidos con pan; y nosotros creemos que es suficiente y ordenamos que así sea. De tal manera que aquel que no coma en una comida, lo haga en la otra.                                                                                                                                                       (XXVII)

                              Sobre la comida del viernes




El viernes basta comer comida de cuaresma, a todos los que pertenezcan a la casa de los hermanos de la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo, por reverencia debida a la Pasión, excepto los enfermos.


   Y desde todos los Santos hasta la Pascua, si no es día del nacimiento del Señor, o viendo la festividad de nuestra Señora, alabaremos al que no la comiere en los demás días. Esta regla la basamos en los Cánones 1250, 1251 y 1252 que rezan:

    “En la Iglesia universal, son días y tiempos penitenciales todos los viernes del año y el tiempo de cuaresma”. Canon 1.250.   “Todos los viernes, a no ser que coincidan con una solemnidad, debe guardarse la abstinencia de carne o de otro alimento que haya determinado la Conferencia episcopal de cada País; ayuno y abstinencia se guardaran el Miércoles de ceniza y el Viernes Santo”. Canon 1251.
   “La ley de la abstinencia obliga a los que han cumplido catorce años; la del ayuno, a todos los mayores de edad, hasta que hayan cumplido cincuenta y nueve años”. Canon 1252.                                                                                     (XXVIII)


                                                  Sobre dar las gracias 


Siempre, después de cada comida o cena todos los hermanos deberán dar gracias a Dios en la Iglesia y en silencio si ésta se encuentra del lugar dónde comen, y si no lo está en el mismo lugar en donde hayan comido. Con humildad deberán dar gracias a Cristo Jesús quien es el Señor que Provee. Dejad que los trozos de pan roto, sean dados a los pobres y los que estén en rodajas enteras, sean guardados. Aunque la recompensa de los pobres sea el reino de los cielos, se ofrecerá a los pobres sin dudarlo, y la fe Cristiana os reconocerá entre los suyos; por tanto concertamos, que una décima parte del pan sea entregado a vuestro Limosnero.                 (XXIX)



                                    Sobre la merienda y el rezo de vísperas 


Cuando caiga el sol y comience la noche, en cuanto se escuche el llamado de la campana a la oración de Vísperas, según las costumbres de cada casa de la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo y nación, acudan todos a capitulo. Pero disponemos que primero en las tardes se meriende; si bien dejamos la toma de este refrigerio al arbitrio y discreción de los superiores y del Maestre. No tengan abundancia en los condimento y en las bebidas. Ciertamente, no deberá ser en exceso, sino con moderación.                                                                (XXX)


Sobre mantenerse en silencio 
Cuando los hermanos salgan del capítulo o de la Misa conviene que no deben hablar abiertamente excepto en una emergencia. Dejen que cada uno vaya a sus camas tranquilos y en silencio, si necesita hablar a sus hermanos, se lo deberá decir en voz baja.

Pero si por casualidad, a la salida del Capítulo o de la Misa, la caballeresca o la casa tiene un serio problema, que debe ser solventado antes de la mañana, entendemos que el Maestre y los superiores o el grupo de hermanos mayores que gobiernan la Orden por el Maestre o sus superiores, puedan hablar convenientemente. Por estas razones obligamos que sea hecho de esta manera.

Recordemos el siguiente proverbio: “Del silencio hemos nacido y a él deberemos retornar cuando perdemos la vida.”                                                    (XXXI)



Cuando los hermanos salgan del capítulo o de la Misa conviene que no deben hablar abiertamente excepto en una emergencia. Dejen que cada uno vaya a sus camas tranquilos y en silencio, si necesita hablar a sus hermanos, se lo deberá decir en voz baja.



Pero si por casualidad, a la salida del Capítulo o de la Misa, la caballeresca o la casa tiene un serio problema, que debe ser solventado antes de la mañana, entendemos que el Maestre y los superiores o el grupo de hermanos mayores que gobiernan la Orden por el Maestre o sus superiores, puedan hablar convenientemente. Por estas razones obligamos que sea hecho de esta manera.



Recordemos el siguiente proverbio: “Del silencio hemos nacido y a él deberemos retornar cuando perdemos la vida.”                                                      (XXXI)

Porque está escrito: In multiloquio non effugies peccatum. Que quiere decir que el hablar en demasía no está libre de pecado. Y en algún otro lugar: Mors et vita in manibus lingue. Que significa: 'La vida y la muerte están bajo el poder de la lengua.' Y durante esa conversación nosotros conjuntamente prohibimos palabras vanas y estruendosos ataques de risa y además de palabras obscenas. Y si algo se dice, durante esa conversación, que no debería haberse dicho, ordenamos que al acostaros recéis un paternóster con notable humildad y sincera devoción.                                                                                                                   (XXXII)

Sobre los hermanos convalecientes 

Estando enfermos los hermanos, se ha de tener sumo cuidado con ellos. Visítenlos pues, confórtenlos y serviles como a Cristo mismo, según el Evangelio que dice: “Estuve enfermo y me visitaste”. Esto se ha de llevar con paciencia, porque de este caritativo acto se nos dará celestial retribución.
    Los que viven en comunidades con el consentimiento del Maestre y sus superiores pueden levantarse a las maitines o de aquellos que se encarguen de este menester deberán decir en lugar de las matinés trece paternóster, así queda establecido, de tal forma y manera que sus palabras reflejen su corazón.
   Así lo dijo David: Psallite sapienter. Que significa: 'Canta con sabiduría.' E igualmente dijo David: In conspectu Angelorum psallam tibi. Que significa: 'Yo cantaré para ti ante los ángeles.' Y dejad que esto sea siempre así y a la discreción del Maestre o de aquellos encargados de tal menester.

   Recomendamos que los Capellanes administren los sacramentos  de unción de los enfermos.                                                                                        (XXXIII)



Sobre la vida en comunidad
 
Leemos en las Sagradas Escrituras:  Dividebatur singulis prout cuique opus erat. Que significa que a cada uno le será dado según su necesidad. Por esta razón nosotros decimos que ninguno estará por encima de los otros, sino que todos cuidaran de los enfermos para un perfecta comunidad de hermanos; y aquél que esté menos enfermo dará gracias a Dios y no se preocupará; y permitirá que aquel que esté peor se humille mediante su debilidad y no se enorgullezca por la piedad, de este modo todos los miembros vivirán en paz.

   Y prohibimos a todos que abracen la excesiva abstinencia; si no que firmemente mantengan la vida en comunidad. Recordemos que vivir en comunidad es una forma de vida religiosa, existen muchas maneras de vivirlas y ella representa la consagración total de los hermanos, manifiesta el desposorio admirable establecido por Dios en la Iglesia, signo de la vida futura. De este modo el Templario consuma la plena donación de sí mismo como sacrificio ofrecido a Dios, por el que toda su existencia se hace culto continuo a Dios en la caridad.

   La Orden de los Pobres Caballeros de Cristo, es una asociación en la que los miembros, según el derecho propio, emiten votos públicos en su investidura que deben renovarse y de esta manera formar una comunidad de hermanos, tanto en sus casa familiares (conventos familiares) como en la comunidad capitular u otra forma de vida comunitaria. Canon 607.

   Los hermanos podrán vivir en sus casas particulares con sus familias, pero también se les recomienda vivir en comunidades abiertas, en donde los casados vivirán en sus casas de esa comunidad, los solteros y célibes  en otras, los sacerdotes en otras o en habitaciones, según las circunstancias.
 Cada dos días semanales se compartirá en la sala común la comida el que pueda y las oraciones de laúdes y vísperas se realizaran en común en el oratorio.

   Se respetara la vida individual de cada quien pero manteniendo un mínimo de comunidad o de vida en común.
   La casa se denominara casa templaría o Aldeas templarías.  La casa principal se denominara Casa Principal o Fortaleza Templaría.

   Guarde cada uno su puesto en la casa del temple según su antigüedad en la vida en comunidad, o de acuerdo al mérito de su vida, o según lo disponga el superior (Comendador, Priores y el Maestre).  Éste no debe perturbar la comunidad que le ha sido confiada, disponiendo algo injustamente, como si tuviera un poder arbitrario,  sino que debe pensar siempre que ha de rendir cuenta a Dios de todos sus juicios y acciones.

   Por lo tanto, mantengan el orden en la comunidad, el cual se  haya dispuesto, o el que tengan los mismos hermanos, para acercarse a la paz y a la comunión, para entonar salmos, y para colocarse en el coro y trabajar juntos por Dios.

    En ningún lugar, absolutamente, sea la edad la que determine el orden o dé preeminencia, porque Samuel y Daniel siendo niños, juzgaron a los ancianos.  Así, excepto los que, como dijimos, el superior haya promovido por motivos superiores, o degradado por alguna causa, todos los demás guarden el orden de su ingreso a la vida de la casa del temple.  Por ejemplo, el que llegó a la comunidad a la segunda hora del día, sepa que es menor que el que llegó a la primera, cualquiera sea su edad o dignidad. Pero con los niños, mantengan toda la disciplina en todas las cosas.

   Los jóvenes escuderos de la casa del Temple honren a sus mayores, y los mayores amen a los más jóvenes.  Al dirigirse a alguien, nadie llame a otro por su solo nombre, sino que los mayores digan "hermanos" a los más jóvenes, y los jóvenes díganles "hermanos" a sus mayores, que es expresión que denota reverencia fraternal.

El Comendador, o el Prior de la casa del Temple, puesto que se considera que hace las veces de Cristo, llámeselo "hermano Mayor" y "Comendador o Prior", no para que se engría, sino por el honor y el amor de Cristo.  Por eso piense en esto, y muéstrese digno de tal honor.

    Dondequiera que se encuentren los hermanos, el menor pida la bendición al mayor. Al pasar un mayor, levántese el más joven y cédale el asiento, sin atreverse a sentarse junto a él, si su anciano no se lo manda,  cumpliendo así lo que está escrito: "Adelántense para honrarse unos a otros".

 Los niños y los adolescentes de la casa del temple o sea los escuderitos y escuderos guarden sus puestos ordenadamente en el oratorio y en la mesa.  Fuera de allí y dondequiera que sea, estén sujetos a vigilancia y a disciplina, hasta que lleguen a la edad de la reflexión y pasen a ser novicios/sargentos.                
                                                                                                       (XXXIV) 



                                      Sobre el Maestre y Superiores


Los superiores o el Maestre a quien plazca puede entregar las pertenencias de un hermano que se ha dado de baja, esto con la consultoría del Capitulo General. Ejerzan los Maestres y superiores con espíritu de servicio la potestad que han recibido de Dios. Por tanto, mostrándose dóciles a la voluntad de Dios en el cumplimiento de su función, gobiernen, a sus súbditos como hijos de Dios, fomentando su obediencia voluntaria, con respeto a la  persona humana, escúchenles de buena gana  y fomenten sus iniciativas para el bien de la orden y de la Iglesia, quedando sin embargo siempre a salvo su autoridad de decidir y de mandar lo que deba hacerse.



  Los Superiores y Maestres han de dedicarse diligentemente a su oficio y, en unión con los miembros que se les encomiendan, deben procurar edificar una comunidad templaría fraterna en Cristo, en la cual, por encima de todo, se busque y se ame a Dios. Nutran por tanto a los miembros con el alimento frecuente de la palabra de Dios e introdúzcanlos a la celebración de la sagrada liturgia y la liturgia de las horas. Han de darles ejemplo en el ejercicio de las virtudes y tradiciones de la orden templaría; ayúdenles convenientemente en sus necesidades personales, cuiden con solicitud y visiten a los enfermos, corrijan a los revoltosos, consuelen a los pusilánimes y tengan paciencia a todos. Cánones 618 y 619.



   Recordamos que cuando algún hermano sea nombrado Superior o Maestre, una vez elegido, aceptara su encargo sin hacer ninguna jactancia por ello, más bien fortaleciéndose en la humildad, pues si es grande el honor, igualmente es grande la responsabilidad que asume delante de Dios y de Nuestra Señora.

   Procurara enseñar todo lo que está bien y es santo, más por hechos que por palabras, confirmando así su propia conducta con sus enseñanzas.



   Procurara mantener, según la circunstancia, la severidad de un preceptor junto con la ternura de un padre.



   Corregirá enérgicamente a los indisciplinados y a los inquietos y exhortara tiernamente a aquellos que obedecen para adelantar su progreso.



  Tendrá cuidado, por encima de todo, de aquellos que tienen sometido el corazón y son fieles a los ideales de la Milicia y a la observancia y servicio de nuestro Señor y de la Santa María Virgen y defender en el mundo sus Derechos Soberanos y los de la Cristiandad, consciente de que si se busca el Reino de Dios y su Justicia, todo lo demás vendrá dado por añadidura. Y recordara que si él desea ser el primero en autoridad, deberá también ser el primero en santidad y obediencia, el primero en la observancia de la Regla, el más entusiasta en el combate y en la práctica de las buenas obras.

   Una vez que el Maestre o de los superiores de la milicia del Templo  ha sido elegido, la fidelidad a la Promesa y el amor a la Milicia exige que cada uno obedezca, intentando superar las dificultades de orden personal por el bien de la Milicia.

   Por lo tanto, todos los que pertenecen a la Milicia del Templo lo amaran fielmente, lo honraran y lo respetaran. Y lo obedecerán; pero su obediencia no será recalcitrante o que haga posible los rumores; al contrario, será una obediencia franca, libre y leal.

   Sucede a menudo que con ocasión de la Investidura del Comendador o  Prior, se originan graves escándalos en los en la comunidad Templaría. En efecto, algunos, hinchados por el maligno espíritu de soberbia, se imaginan que son segundos en la comunidad, y atribuyéndose un poder absoluto, fomentan escándalos y causan disensiones en las comunidades. Se advierte fácilmente cuán absurdo sea este modo de obrar, pues ya desde el comienzo le da pretexto para que se engría, sugiriéndole el pensamiento de que está exento de la jurisdicción del Comendador o Prior: "porque tú también has sido ordenado por los mismos que ordenaron al Comendador o Prior".

   De aquí nacen envidias, riñas, detracciones, rivalidades, disensiones y desórdenes. Mientras el Comendador y el Prior tengan contrarios pareceres, necesariamente han de peligrar sus propias almas, y sus subordinados, adulando cada uno a su propia parte, van a la perdición.  La responsabilidad del mal que se sigue de este peligro, pesa sobre aquellos que fueron autores de este desorden.

   Por lo tanto, para que se guarde la paz y la caridad, hemos visto que conviene confiar al juicio del Comendador y del Prior la organización de la comunidad siempre con la consulta de su Consejo.

   Si es posible, provéase a todas las necesidades de la comunidad, como antes establecimos, por medio de decanos, según disponga el Comendador o el Prior, de modo que siendo muchos los encargados, no se ensoberbezca uno solo.
   Pero si el lugar lo requiere, o la comunidad lo pide razonablemente y con humildad, y el Comendador o Prior lo juzga conveniente,  designe él mismo su Prior, eligiéndolo con el consejo de Hermanos temerosos de Dios.

    Este Prior o Comendador cumpla con reverencia lo que le mande su Maestre, sin hacer nada contra la voluntad o disposición del Consejo,  porque cuanto más elevado está sobre los demás, tanto más solícitamente debe observar los preceptos de la Regla.

    Si se ve que este Prior o Comendador es vicioso, o que se ensoberbece engañado por su encumbramiento, o se comprueba que desprecia la Santa Regla, amonésteselo verbalmente hasta cuatro veces,  pero si no se enmienda, aplíquesele el correctivo de la disciplina regular. Y si ni así se corrige, depóngaselo del cargo de Prior o Comendador, y póngase en su lugar otro que sea digno.  Y si después de esto, no vive en la comunidad quieto y obediente, expúlsenlo también de la casa del Temple.

   Pero piense el abad que ha de dar cuenta a Dios de todas sus decisiones, no sea que alguna llama de envidia o de celos abrase su alma. 

La elección del Comendador y Priores

   Cuando hay que ordenar un Comendador o algún Prior, téngase siempre como norma que se ha de establecer a aquel a quien toda la comunidad, guiada por el temor de Dios, esté de acuerdo en elegir, o al que elija sólo una parte de la comunidad, aunque pequeña, pero con más sano criterio.

   El que ha de ser ordenado, debe ser elegido por el mérito de su vida y la doctrina de su sabiduría, aun cuando fuera el último de la comunidad.

    Pero si toda la comunidad, lo que Dios no permita, elige de común acuerdo a uno que sea tolerante con sus vicios, y estos vicios de algún modo llegan al conocimiento del Maestre o del  Obispo a cuya diócesis pertenece el lugar en cuestión, o son conocidos por los Priores y Comendadores o cristianos vecinos, impidan éstos la conspiración de los malos, y establezcan en la casa de Dios un administrador digno,  sabiendo que han de ser bien recompensados, si obran con rectitud y por celo de Dios, y que, contrariamente, pecan si no lo hacen.
 El que ha sido ordenado Comendador o Prior, considere siempre la carga que tomó sobre sí, y a quién ha de rendir cuenta de su Arkarius. 



   Cuando hay que ordenar un Comendador o algún Prior, téngase siempre como norma que se ha de establecer a aquel a quien toda la comunidad, guiada por el temor de Dios, esté de acuerdo en elegir, o al que elija sólo una parte de la comunidad, aunque pequeña, pero con más sano criterio.



   El que ha de ser ordenado, debe ser elegido por el mérito de su vida y la doctrina de su sabiduría, aun cuando fuera el último de la comunidad.



    Pero si toda la comunidad, lo que Dios no permita, elige de común acuerdo a uno que sea tolerante con sus vicios, y estos vicios de algún modo llegan al conocimiento del Maestre o del  Obispo a cuya diócesis pertenece el lugar en cuestión, o son conocidos por los Priores y Comendadores o cristianos vecinos, impidan éstos la conspiración de los malos, y establezcan en la casa de Dios un administrador digno,  sabiendo que han de ser bien recompensados, si obran con rectitud y por celo de Dios, y que, contrariamente, pecan si no lo hacen.

 El que ha sido ordenado Comendador o Prior, considere siempre la carga que tomó sobre sí, y a quién ha de rendir cuenta de su Arkarius. 


Y sepa que debe más servir que mandar.
    Debe ser docto en la ley divina, para que sepa y tenga de dónde sacar cosas nuevas y viejas;  sobrio, misericordioso, y siempre prefiera la misericordia a la justicia, para que él alcance lo mismo. 
   Odie los vicios, pero ame a los hermanos y hermanas.  Aun al corregir, obre con prudencia y no se exceda, no sea que por raspar demasiado la herrumbre se quiebre el recipiente;  tenga siempre presente su debilidad, y recuerde que no hay que quebrar la caña hendida.  No decimos con esto que deje crecer los vicios, sino que debe cortarlos con prudencia y caridad, según vea que conviene a cada uno, como ya dijimos.  Y trate de ser más amado que temido.

   No sea turbulento ni ansioso, no sea exagerado ni obstinado, no sea celoso ni demasiado suspicaz, porque nunca tendrá descanso.  Sea próvido y considerado en todas sus disposiciones, y ya se trate de cosas de Dios o de cosas del siglo, discierna y modere el trabajo que encomienda,  recordando la discreción del santo Jacob que decía: "Si fatigo mis rebaños haciéndolos andar demasiado, morirán todos en un día".    Tomando, pues, este y otros testimonios de discreción, que es madre de virtudes, moderen todo de modo que los fuertes deseen más y los débiles no rehúyan.

   Sobre todo, guarde íntegramente la presente Regla,  para que, habiendo administrado bien, oiga del Señor lo que oyó aquel siervo bueno que distribuyó a su tiempo el trigo entre sus consiervos: "En verdad les digo" - dice - "que lo establecerá sobre todos sus bienes".                                                                     (XXXV)   
Permitan solo aquellos Hermanos que el Maestre y los superiores reconocen que darán sabios y prudentes consejos, recordando que: ”Que la verdadera Sabiduría proviene de Dios”.
   Estos hermanos serán llamados a reunión; y así lo ordenamos, y que de ninguna otra forma alguien pueda ser escogido. Estos hermanos podrán tratar de materias serias dentro de la casa de los Hermanos Pobres Caballeros de Cristo y ellos formaran un Consejo aparte para que pueda asesorar y aconsejar al Maestre y a los Superiores de la casa de los Hermanos Pobres Caballeros de Cristo.

   Esto ayudara a que nadie actué por su propia cuenta recordando que los Caballeros, que no tienen nada más querido en Cristo, al servicio del cual han hecho su Profesión e Investidura y para la gloria del Bien Supremo o  la propia promesa de Salvación, conviene firmemente observar la obediencia al Maestre y a sus Superiores y aconsejarse de él y de los Hermanos que por él han sido nombrados como consejeros, antes de realizar cualquiera acción aunque sea privada.

   Por lo tanto, se obedecerá sin demora, cuando una orden haya sido dada por el Maestre o por quien tenga la faculta recibida de él. Pero también recordamos que en la búsqueda de los consejos, los Hermanos Pobres Caballeros de Cristo, buscaran la verdad verdadera de las realidades tal como lo expresa el Canon 748. Que dice: “Todos los hombres están obligados a buscar la verdad en aquello que se refiere a Dios y a su Iglesia y, una vez conocida, tienen, por ley divina, el deber y el derecho de abrazarla y observarla”.
                                                                                                       (XXXVI)

Sobre los Hermanos enviados a otras partes del mundo 


Los Hermanos que sean enviados a diversos países del mundo deberán cuidar los mandatos de la Regla según su habilidad y vivir sin desaprobación respecto al ayuno y abstinencia y sobre la bebida, etc.    

De esta manera recibirán el elogio de extraños y no mancillar por hecho o palabras los preceptos de nuestra Orden, y para ser un ejemplo de buenas obras y sabiduría; por encima de todo, para que aquellos con quienes se asocien y en cuyas posadas u hoteles o familias reposen, sean recibidos con honor. Y a ser posible, la casa  donde duerman y se alojen que no quede sin luz por la noche, para que  se indique que están presentes como sagrario vivo de nuestro Señor y los amigos de las tinieblas no los conduzcan a la maldad, dado que así el altísimo lo prohíbe.

 Estos mismos Hermanos que viajan y están  repartidos por diversas partes del mundo deben ganar más adeptos para la vocación de la espiritualidad templaría, ya que con su buena fama y ejemplo son el mejor modelo para ello.


No considerando tanto la temporal utilidad, como la salud, alabamos que hablen con otras personas que desean entrar a nuestra Orden. Y de esta forma escriban a sus Superiores, y los Superiores escuchen la voluntad del que la pide, pero recomendado por el Hermano Templario.                                                               (XXXVII)

Sobre mantener la paz


En la búsqueda de Dios, de la que han escrito los autores espirituales de siempre, se describe el camino que lleva al interior de la persona, y en ese interior afirman que se  realiza el encuentro personal con Dios. De ese encuentro interior, brota la paz. Así, del encuentro de Dios se sigue el hallazgo de la paz. Que la paz es un símbolo místico no se puede dudar. Ha estado presente en todos los que han emprendido su búsqueda de Dios, aunque la paz no haya estado en el primer plano, pues era Dios su primera intención. Si no estuviera presente la paz en la experiencia mística, no hablaríamos de mística, sino de teología o de teodicea. La paz acompaña siempre esta experiencia. Es por tal que cada Hermano debe asegurarse de no incitar a otro a la ira o enojo, porque la soberana piedad de Dios ve al Hermano fuerte igual que al débil, en nombre de la Caridad.
                                                                                                   (XXXVIII)
Como deben actuar los Hermanos 
la búsqueda de Dios, de la que han escrito los autores espirituales de siempre, se describe el camino que lleva al interior de la persona, y en ese interior afirman que se  realiza el encuentro personal con Dios. De ese encuentro interior, brota la paz. Así, del encuentro de Dios se sigue el hallazgo de la paz. Que la paz es un símbolo místico no se puede dudar. Ha estado presente en todos los que han emprendido su búsqueda de Dios, aunque la paz no haya estado en el primer plano, pues era Dios su primera intención. Si no estuviera presente la paz en la experiencia mística, no hablaríamos de mística, sino de teología o de teodicea. La paz acompaña siempre esta experiencia. Es por tal que cada Hermano debe asegurarse de no incitar a otro a la ira o enojo, porque la soberana piedad de Dios ve al Hermano fuerte igual que al débil, en nombre de la Caridad.

                                                                                                   (XXXVIII)
Por esta razón rezamos y firmemente dictaminamos a los hermanos caballeros que han abandonado su ambición personal y a todos aquellos que sirven por un período determinado a no salir por pueblos o ciudades en las calles, como lo harían los que no andan con Dios y esto es sin el consentimiento de sus superiores  y del Maestre o de quien él haya delegado; excepto por la noche si tienen que por su oficio o por oficio del Temple y otros lugares de oración  deben salir de noche.

   Recomendamos todo esto para que los hermanos Templarios no anden como los que andas en las tinieblas y se distingan del resto de la masa, eso está siendo  distinguido en el espíritu.                                                                         (XL)
Recomendamos a los Hermanos que salgan de noche por parejas o en grupos y si es por cuestiones de la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo, que salgan con sus atuendos de diario, y cuando se detienen en una posada u hotel o casa de familia, ningún hermano debe mostrar un comportamiento no propio de la Milicia de nuestro Señor y de esta forma cumplir la voluntad de Dios.

   Todos deben someterse, para que sigan las indicaciones de Cristo Jesús que dijo: Non veni facere voluntatem meam, sed ejus que misit me, patris. Que significa: 'Yo no vine a hacer mi propia voluntad, sino la voluntad de mi padre quien me envió.'                                                                                                                 (XL I)



Sobre la adquisición de Bienes 

Sobre la Adquisición de Bienes. Canon 1259. Los hermanos de la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo, puede adquirir bienes temporales por todos los modos justos, de derecho natural o positivo.

   Por derecho nativo, e independientemente de la potestad civil, la Orden puede adquirir, retener, administrar y enajenar bienes temporales para alcanzar sus fines propios.

   Los fines propios son principalmente los siguientes: Sostener el culto divino, obras y demás miembros, hacer las obras de apostolado sagrado y de caridad, sobre todo con los necesitados.                                                                                         (XL II)

                    Sobre las cartas y misivas y los medios de comunicación


Es licito, y así lo aconsejamos, que en este mundo tan carente de comunicación personal, tanto verbal como escrita, los Hermanos Pobres Caballeros de Cristo, estén lejos de sus seres y amigos, les escriban de vez en cuando. Se interesen por su salud y alegren con sus escritos los espíritus de quienes les quieren.

   Que utilicen todos los medios previstos en la actualidad y según los signos de los tiempos para estas comunicaciones.

   Deben emplearse todos los medios legales y lícitos disponibles para anunciar la doctrina cristiana y la espiritualidad Templaría, sobre todo la predicación y la catequesis, que ocupan siempre un lugar primordial; pero también la enseñanza de la doctrina en escuelas, academias, conferencias y reuniones de todo tipo, así como su difusión mediante declaraciones públicas, hechas por la autoridad legítima de nuestra orden, con motivo de determinados acontecimientos mediante la prensa y otros medios de comunicación social.
   Los Superiores y Maestres de la Orden de los Hermanos Pobres Caballeros de Cristo, en uso de un derecho propio de la misma autoridad que le compete y en cumplimiento de su deber procuren utilizar los medios de comunicación social. Cuiden los mismos superiores de que se instruya a los Caballeros acerca del deber que tienen de cooperar para que el uso de los instrumentos de comunicación social esté vivificado por espíritu humano y cristiano.

   Todos los Hermanos Caballeros, especialmente aquellos que de alguna manera participan en la organización o uso de esos medios, han de mostrarse solícitos en prestar apoyo a la actividad pastoral Templaría y Cristiana, de manera que la Orden lleve a cabo eficazmente su misión, también mediante esos medios. Debe observarse la necesaria discreción en el uso de los medios de comunicación, y se evitara lo que pueda ser nocivo para la casa del temple y por ende el templario para que su vocación no se vea lesionada o puesta en peligro. Canon 666.
                                                                                                  (XLIII)

Sobre la adquisición de regalos y bienes 

Ningún Hermano puede recibir a modo propio cualquier obsequio en nombre de la Orden, solo el Maestre y los Superiores lo pueden recibir en nombre la misma.
   Si algún Hermano recibiere un regalo que pueda comprar su conciencia o comprometerlo en su buena fama no deberá ser aceptado so pena por su falta.

   Si alguna cosa le es regalada a algún hermano Templario, y no la necesitare, antes de guardarla o tirada, sea regalada a quien la necesitase.

   Si estos hermanos viven en comunidad tanto individual, o en casa de familias o en conventos, todos los regalos serán presentados a la comunidad y si es alimento será compartido en la mesa común.                                                         (XLIV)

Sobre las faltas
Si algún Hermano hablando, o actuando o de cualquier otra forma comete delito en alguna cosa leve, el mismo por voluntad propia debe confesar su delito ante la Comunidad, para que esta vote una penitencia leve. Pero si el callara su falta, y por otro fuera conocido, sea por el Capítulo sujeto a mayor corrección y castigo. Si el delito fuese grave, sea apartado de la Comunidad de los Hermanos y mediante un proceso despedido de la Orden.                                       (XLV)
Sobre las faltas graves

Ante todo se ha de mirar que ningún Hermano rico o pobre, fuerte o débil, queriendo hacer resaltar su riqueza o su fuerza, no quede sin castigo justo. Y si no desea enmendarse, se le dará más grave corrección. Y si con piadosas admoniciones y hechos no se corrige sino que siempre es más perverso, entonces sea Expulsado de la Orden mediante un proceso justo. Porque como dice el Apóstol: “Apartad todo lo malo de ustedes. Es necesario que toda oveja se arroje de la compañía de los hermanos fieles”.

   Pero los Superiores, o el Maestre, que debe tener el báculo y la vara en la mano para una buena dirección y de esta manera sustentar las flaquezas de los demás, y la vara para castigar justamente los vicios de los delincuentes con el celo de la rectitud, procure hacer esto con el acuerdo del Consejo, porque como dice San Máximo: “La suavidad no da mayor soltura al pecador, u la inmoderada severidad no aparta al delincuente de la caída”.
   También como dice el  apóstol dice: Auferte malum ex vobis. Que quiere decir: “Aparta los malvados de entre los tuyos”. Es necesario para vosotros separar las ovejas perversas de la compañía de los piadosos hermanos.               (XLVI)

Sobre procedimientos de suspensión, expulsión y defensa 


Causas: Se ha de considerar expulsado de propio derecho de la Orden de Cristo el Hermano que:

I.- Haya apostatado notoriamente de la fe católica.
II.- Quien comete homicidio o rapto o retiene a un ser humano con violencia o fraude, o le mutile, o hiera gravemente, quien procure el aborto, si este se produce, incurre en excomunión latae sententiae.
III.- Un hermano puede ser expulsado siempre que sean graves, externas, imputables y jurídicamente comprobadas, como:
a.- Descuido de sus labores dentro de la Orden.
b.- Reiteradas violaciones a la obediencia.
c.- Por Difamar, injuriar, levantar falsos testimonios, vejar y calumniar. 
d.- Desobediencia pertinaz a los mandatos legítimos de los Superiores y Maestre en materia graves, el escándalo grave causado por conducta culpable, la defensa o difusión pertinaz de doctrinas condenadas por el magisterio de la Iglesia; la adhesión publica a ideologías contaminadas de materialismo o ateísmo o laicismo; la ausencia ilegitima de la que trata el Canon 665 que reza: “Los hermanos que según su estado de vida conviven en una comunidad, bien sea una casa en común, o en su fraternidad natural, esto es para hacer vida en común o participativa y no ausentándose de ella sin licencia de los superiores o Maestre. Cuando se trata de una ausencia prolongada de la vida de la Orden, el Maestre, con consentimiento de su consejo puede permitir que a un Hermano este fuera de su comunidad  natural, pero no más de un año, a no ser por motivos de enfermedad, de estudios, trabajo o para ejercer el apostolado en nombre de la Orden. Deben buscar los Superiores y el Maestre solícitamente al Hermano de la Orden que se ausentare ilegítimamente de la casa del Temple con la intención de librarse de su obediencia, y ayúdenle a volver y a perseverar su vocación y espiritualidad templaría.
  
 La salida o expulsión de un postulante o novicio que aún no ha sido investido o incorporado definitivamente se rige por los estatutos y esta misma regla. Canon 742.

   Para la expulsión de un templario de la casa del Temple el consejo debe mantener la equidad y la caridad evangélica con este Hermano que se separe. En caso de grave escándalo extremo o de daño gravísimo  que amenace a la orden, este Hermano puede ser expulsado inmediatamente por sus Superiores o en primera instancia por el Maestre o, si hay peligro o demora, por el Comendador local con el consentimiento del Consejo. Si es necesario, el Maestre cuidara de que se instruya el proceso de expulsión conforme a la norma del derecho, o remitirá el asunto al  capellán para que este lo remita al Obispo local.

   El informe de la expulsión o sentencia debe ser enviada por los Superiores o Consejo al Obispo, se han de indicar los miembros que por cualquier concepto se haya separado de la orden.                                                                 (XLVII)

De cómo ha de abrirse el proceso de expulsión


Se deberán seguir los siguientes pasos:

A.- Reunirán o completaran las pruebas.
B.-Amonestaran al miembro por escrito o ante dos testigos, con explicita advertencia de que se procederá a su expulsión si no corrige, indicándole claramente la causa y dándole libertad plena para que se defienda; si la amonestación quedase infructuosa, transcurrido por lo menos quince (15) días, le hará una segunda amonestación.
C.- Si también la segunda amonestación resultase infructuosa y el Maestre o los Superiores o el Consejo estima que consta suficientemente la reincidencia y la insuficiencia de la defensa del miembro, pasados sin efecto quince (15) días desde la última amonestación, se enviara al Maestre, o en su defecto al Superior, todas las actas, para que decida en materia.                                                          (XLVIII)

                                                  De la defensa


El Maestre, los superiores o el consejo en pleno, para que den como valido un acto, deberán dejar constancia del mismo, ante por lo menos de dos (2) miembros. Deberán proceder colegiadamente para sopesar con diligencias las pruebas, razones y defensas. En caso de que se decidiese por votación secreta se dará el decreto de expulsión, que para ha de contener los motivos de derecho y de hecho, al menos de manera sumaria. Debe tener por escrito para su validez la decisión del Obispo diocesano, a quien el Maestre o los Superiores deben presentar las actas aprobadas por su consejo. Esta regla está basada en el canon 698 del Derecho Canónico Latino.                                                                                               (XLIX)

Sobre las murmuraciones
Disponemos por divino consejo, que se evite y que se huya como de la peste, de las envidias, rencores, murmuraciones, detracciones, y cualquier otra forma de estas.



   Se deberá procurar pues, que cada Hermano templario con ánimo vigilante no culpara, ni reprenderá a su hermano, antes bien con especial estudio advierta con consejo de Apóstol: “No seas criminoso, ni murmurador en el Pueblo”. Como también dice  el Apóstol: Ne sis criminator et susurro in pópulo. Que significa: 'No acuses o perjudiques al pueblo de Dios.



   Pero si consideras claramente que tu Hermano peco en algo, pacíficamente, y con piedad fraternal, según el precepto del Señor, repréndele en privado. Y si no te hace caso, llama a otro Hermano para que sea testigo, y si a ambos no le hace caso, sea llevado ante la Comunidad de Hermanos, porque en grande perversión están los que murmuran de otros, y no son muy felices los que no guardan de la soberbia.



   Con respecto a las murmuraciones deseamos agregar y les enseñamos, según advertencia divina, a rechazar y huir de ella ya que en efecto son muy ciegos los que maldicen de los otros, y muy infelices los que no se defienden de la envidia y por eso son sumergidos en la antigua perversidad del astuto enemigo.                    (L)



Que nadie se enorgullezca de sus faltas
Las palabras vanas y vacías son pecaminosas, las que se expresen no deberán enorgullecer a quien las dice, ya que las mismas serán tomadas en cuenta ante el juez justo que es Cristo Jesús; lo que queda demostrado por las palabras de David: Obmutui et silui a bonis. Que significa que uno debería incluso refrenarse de hablar bien, y observar el silencio. Asimismo prevénganse de hablar mal, para evitar la desgracia del pecado.



   Ordenamos y firmemente prohibimos a todo hermano, que cuente a otro hermano o a cualquiera, las acciones que llevó a cabo en su vida antes del entrar a la casa del temple y los placeres de la carne que mantuvo con las mujeres. Deberán ser consideradas faltas cometidas durante su vida anterior. Si se sabe que han sido divulgadas por algún otro hermano templario, deberá inmediatamente silenciarlo; y si no puede lograrlo, abandonará el lugar sin permitir que su corazón se mancille por estas palabras.                                                                              (L I)



                                                Que nadie pida

Nadie deberá solicitar objeto alguno en nombre de la casa de los pobres caballeros de Cristo, solo procederá esta disposición mediante la autorización de los Superiores o del Maestre.

Solo las máximas autoridades con autorización del consejo en previa consulta pedirán en nombre de la casa del Temple.                                            (LII)


Sobre animales y Escuderos
C
ada Hermano Pobre Caballero de Cristo, podrá tener animales para su cría y auto sustentación, estos deberán tomar en cuenta la gran pobreza que existe en la actualidad en la casa de Dios.


   A cada Hermano se le permitirá tener animales sin ostentación o elucubraciones y tener contratadas o a su mando, las personas necesarias para cuidarlas; y si estos sirven voluntariamente por caridad; el Hermano no debería abusar de su integridad física o moral por los errores que cometa.                                        (LIII)
     Sobre poseer animales y vehículos
Cada Hermano, podrá tener o ser propietario de los medios de transporte y vehiculares que necesitare, sin hacer halagó de los mismos.

   En tiempos remotos se apreció a los caballos, ya que estos eran un medio de transporte primordial, único e incluso un amigo en las batallas.

   En tiempos actuales encomendamos que los Hermanos que puedan criar y mantener caballos en sus fincas lo hagan, podrá ser lícito tener caballos y que los crucen con yeguas para evitar con este proceder que este noble animal que en tiempos pasados fue tan decisivo para la Orden, se extinga.               (LIV)

Escuderos (Postulantes) y Sargentos (Novicios) y su formación
Es con el rango de Novicio o Sargento con el que se comienza la vida en la Orden, este grado tiene como objeto que los Sargentos novicios conozcan plenamente la vocación divina, particularmente el carisma y descubran su aptitud dentro de la Orden, para que prueben el modo de vida de esta, que conformen la mente y el corazón con su espíritu y que pueda ser comprobada su intención e idoneidad. 



   Para que el Sargentazgo o Noviciado sea válido deberá durar un mínimo de doce (12) meses, será llevado por un Maestro de Sargentos idóneo, capaz, pedagógico, conocedor de la doctrina Cristiana Católica, la Templaría y la espiritualidad de la misma. En busca de mejorar la formación de los Novicios y/o Sargentos, además del tiempo establecido, las normas y estatutos, pueden prescribir uno o más periodos de ejercicio del apostolado.



   El Sargentazgo no deberá durar más de dos años.


   La ausencia a la formación por más de tres (3) meses continuos o con interrupciones prolongadas y continuas a la formación, hace de este sea inválida. La ausencia que supere dos (2) meses debe suplirse. Con la venia del Maestre y El Prior y el informe de los Comendadores y del Formador, puede anticiparse la investidura como Caballero.

    La finalidad del Noviciado o Sargentazgo exige se formen bajo la dirección de un Maestro Mayor de Sargentos o Maestro de Novicios, según el plan de formación que debe determinar el derecho propio.

   El gobierno de los Novicios  y/o Sargentos ha de ser reservado exclusiva al Maestro Mayor, bajo la dirección de los Comendadores y Priores con la venia del Maestre.

El Maestro Mayor ha de ser un miembro activo e investido de la Orden, profeso de votos o promesas perpetuas. Si fuera necesario al Maestro Mayor se le pueden dar  ayudantes, que dependan de él  en lo que se refiera a la dirección del Noviciado y al plan de formación de los Sargentos Novicios. Para atender a la formación de los mismos debe destinarse miembros cuidadosamente preparados, que, sin estar impedidos por otros servicios dentro de la Orden, puedan cumplir sus funciones con fruto y de manera estable.

   Corresponde al Maestro Mayor y sus cooperadores discernir y comprobar la vocación Templaría de los Novicios, e irles formando gradualmente y pedagógicamente para que vivan la vida de perfección propia del carisma de la Orden. Estimúlense a los Novicios de la Orden del Temple para que vivan las virtudes humanas y cristianas; se les debe llevar por un camino de mayor perfección mediante la oración y la abnegación de sí mismos como Milicia de Cristo; instrúyanseles en la contemplación del misterio de la salvación y en la lectura de las sagradas Escrituras, pero no de forma fideista, sino basada en la sana doctrina y aplicando las debidas interpretaciones (exégesis e hermenéutica) ;se les preparara en llevar una vida consagrada a Dios y al Temple por medio de la Iglesia y del prójimo en Cristo por medio de los consejos y promesas evangélicas.

    ¡Se les instruirá sobre el carácter, espíritu, finalidad, disciplina, historia y vida de la orden!,  basado en un Proyecto de Vida; se procurara imbuir de amor a la Santa Madre Iglesia a sus autoridades, sagrados y legítimos Pastores.
  
   Los sargentos o Novicios, conscientes de su propia responsabilidad, han de colaborar activamente con su Maestro Mayor, de manera que respondan fielmente a la gracia de la vocación templaría y por supuesto católica. Los miembros de la Orden han de colaborar por su parte en la formación de los Sargentos o Novicios, con el ejemplo de su vida, oración, servicio al Temple y a la Iglesia Católica.

  El tiempo debe cumplirse en la formación y por tanto no debe ocuparse de estudios o labores que no contribuyan directamente a esta formación.

   Un Sargento o Novicio puede abandonar libremente la Orden; la autoridad competente debe decidir o estar informada al respecto.
   Al cumplir el Sargentazgo, el Novicio ha de ser admitido a su investidura mediante el rito histórico de nuestra orden y hacer acto público de sus promesas en un oficio Divino, si se considera idóneo; en caso contrario, debe ser despedido; si queda alguna duda sobre su idoneidad, el Comendador o Superiores conjuntamente con el Prior y el Maestre puede prorrogar el tiempo de prueba.                        (LV)
Sobre la investidura
Por investidos se conocen a todos aquellos miembros que abrazan con promesa publica los consejos evangélicos de la Orden de los pobres caballeros de Cristo, mediante su rito y que se consagran a Dios por medio de la Casa de la orden y por medio de la Iglesia, que es el misterio perfecto y se incorporen a la orden con derecho y deberes determinados en esta Regla y Estatutos.


Para que sea Válida la Investidura
I.-  El que la va a hacer haya cumplido al menos dieciocho años.

II.-  Haya hecho válidamente el Sargentazgo o Noviciado.

III.-  Que la investidura  y las promesas en el Temple sea expresa y se haya emitido sin videncia, miedo grave o  dolo.

IV.- La investidura sea recibida por un Comendador investido legítimamente o autoridad superior de la Orden, personalmente o por medio de otro.
V.- Carta pública de renuncia a cualquiera asociación contraria a la Iglesia Católica y a sus preceptos, de la cual trata en cumplido el tiempo para el que se hizo la investidura, el Caballero o Dama cumplido el plazo, debe pedir su inserción en una Tercia o Encomienda o Priorato.                                                                  (LVI)

Para ingresar válidamente al Noviciado y/o Sargentazgo 
Documentos necesarios:

I.- Certificado de Bautismo y si es posible de Confirmación. 

II.- Informe sobre su idoneidad del Capellán o Párroco. 

III.- Informe de los peritos acreditados. (Informe psicológico, etc.)

IV.-No pertenecer a una asociación anti católica o vinculada a una secta  y hacer una carta de fe pública sobre el mismo tema.

Todo esto es para garantizar una información adecuadamente estructurada como exigencia general. El testimonio del Bautismo (documental o en alguna formas subsidiarias).                                                                                          (LVII)
El Noviciado tiene las siguientes finalidades:
I.- Mejor conocimiento de la vocación divina, conocimiento de la espiritualidad de la Orden y su estructura adquiriendo desde la perspectiva de una respuesta positiva, de aceptación.
II.- Vivir la experiencia de la Orden; no se trata de conocer la Orden desde afuera, como puede hacerlo un investigador, sino de experiencia y vivencia y experimentar desde dentro esa misma vivencia. Este desde dentro lleva consigo que sea una fraternidad real, bajo un Maestro y Formadores que pertenezcan a la Orden, recibiendo el testimonio de vida de la fraternidad con los que entran en contacto, participando en ocasiones en actividades de apostolados.

III.-  Conformación de mente y corazón: la Orden y el Novicio concurren para adaptar las formas de la mente y el corazón, es decir, la vida intelectual y afectiva del novicio, al espíritu de la Orden encerrado en su patrimonio histórico de acuerdo con las detalladas prescripciones de las reglas para su idoneidad.         (LVIII)



Sobre el lujo exagerado en las vestimentas
Prohibimos a cualquier Hermano que luzca oro o plata de manera exagerada en sus vestimentas o en sus casas o en la casa del Temple.  Esto también se aplica en las compras y en los regalos ya que no pueden poseer más cosas de lo sé necesitare.
                            
                                                                  (LVIX)Sobre la utilización de armas 

Los Hermanos Pobres Caballeros de Cristo, de acuerdo con su grado o jerarquía, tienen la potestad de utilizar las espadas y sables correspondientes para los actos internos y externos de la orden, ya que es nuestra tradición y como es una Orden de carácter militar estamos en la condición de portarlas, los hermanos podrán formarse en las artes y técnicas de la defensa personal y colectiva, en las artes medievales y actuales de defensa, que tengan que ver con la manipulación, uso y accionamiento de armas de cualquier tipo.



   Está prohibido a cualquier hermano utilizar estas armas para cazar animales en forma deportiva e indiscriminada, solo se justifica la caza de animales con fines de alimentación y manutención.                                                                  (LX)


Los gastos excesivos

Este mandato que establecemos es conveniente para todos y por esta razón exigimos sea mantenido de ahora en adelante, que ningún Hermano gaste más de lo que necesite porque hay que estar alerta y guardarnos de la avaricia, porque mucho que uno abunde en gastos, su vida no depende de ellos.



   Los equipajes y maletas son necesarios para todo Hermano que elige entrar en la Orden, porque los conventos, capítulos o reuniones, hoy se celebran aquí, y mañana allá. Lo único que aconsejamos es que las mismas estén exentas de toda clase de riquezas.                                                                                                (XI)
Sobre la caza
Prohibimos colectivamente que ningún Hermano deberá cazar  un ave con otra. No es adecuado para un Hermano sucumbir a los placeres y costumbres del mundo, sino escuchar voluntariamente los mandamientos de Dios. Esta regla también la recordamos en otro apartado que expresa: “Recomendamos que ningún Hermano se adentre en el monte o en los bosques para cazar algún animal por simple deporte o por vanagloria. Que no usen armas para esta práctica y no se hagan acompañar de cazadores furtivos.


  No utilicen a los perros para la caza, solo para el pastoreo y cuidado de la casa y compañía del mismo”.                                                                            (XI)

Sobre el león como símbolo
Es  verdad que se han responsabilizado en entregar sus almas por sus Hermanos en nombre de Dios altísimo, como lo hizo Cristo Jesús, y defender la tierra de los que no creen en Dios y los de creencias materialistas, sincretistas y alejadas de la verdadera fe.

   Debemos defendernos de los enemigos del Hijo de la Virgen María, con las armas de los “Signos de los Tiempos”, como lo es la evangelización, la formación teológica y moral, pero sobre todo con reales obras de caridad.

   Pedimos que los hermanos protejan al León y eviten su desaparición, para que las venideras generaciones puedan conocer a este noble animal de la creación de Dios y que es utilizado como símbolo de nuestro salvador como lo es “El León de Judá” que es Cristo Jesús.                                                                                   (LXIII)
Sobre los bienes temporales y su forma de adquirirlos
os Pobres Caballeros de Cristo, pueden adquirir bienes temporales por todos los modos justos, de  derecho natural o positivo, que estén permitidos a otros.

   La Orden tiene el derecho natural de exigir a sus Hermanos los bienes que necesita para sus propios fines, fijándoles cuotas o diezmos. También los Hermanos tienen la libertad para aportar bienes temporales a favor de la Orden.



   Cualquier Hermano podrá tener empresas o negocios  de manera lícita y tener sus empleados, pero eso si los que tengan empleados bajo su cargo, no deberán gritarles ni ridiculizarles delante de los demás. Han de saber que no es licito mortificarles, ni ofenderles.
                                                                                               (LXIV)





Sobre hacer juicios

Estamos enterados, ya que lo observamos a diario en el mundo actual, que los que persiguen a los justos, a los seguidores de Cristo y su Iglesia y a los pertenecientes a la Orden, ellos que nos buscan incitar con insultos, peleas y se dedican a atormentarnos con sus mentiras y blasfemias. Ellos los enemigos de la Iglesia Católica y de la Orden son incontables.



   Tengan cuidado que si alguien desea entrar en la Orden y se haga pasar por justo o creyente de la Iglesia de Cristo y dicen ser amantes de la paz y la verdad y no lo son, que no sean contados como miembros de la Orden, ni sean admitidos. Pedimos que sean rigurosos en la selección de los postulantes y sean probados.


  A los ladrones y asesinos no sean admitidos en la Orden, ya que serán como manzana podrida dentro de una cesta de manzanas sanas.                   (LXVI)
S
obre los Hermanos ancianos, progenitores y niños

e debe honrar con todo cuidado y respeto a los ancianos con piadosa consideración, sobrellevándoles según su flaqueza, y de ninguna forma estén obligados a cosas rigurosas, salvo la autoridad de la Regla y su cumplimento.

   Ustedes Caballeros que son hijos y a la vez discípulos y que buscan la perfecta sabiduría y que están en el Temple para pertenecer a la Milicia de Cristo y ser partícipes de una verdadera Aristocracia del espíritu por obediencia a Dios les recomendamos que escuchen los preceptos de sus padres ancianos, y háganlo así ya que quedaran salvados. Porque Dios  quiere que el padre y la madre ya ancianos sean honrados por sus hijos. Quien respeta a sus y respeta a los ancianos, este ama a Dios y alcanza el perdón de sus faltas y pecados. Eclesiástico 3: 1-4.        El quien honra a sus padres tendrá larga vida, tendrá el consuelo de sus hijos cuando estén ancianos, su oración será escuchada. Esta es la perfecta sabiduría y toda sabiduría viene de Dios. Eclesiástico 1:1.

   Aunque la misma naturaleza humana mueva a ser misericordioso con estas dos edades, o sea la de los ancianos y la de los niños, la autoridad de la Regla debe, sin embargo, mirar también por ellos.  Téngase siempre presente su debilidad, y en modo alguno se aplique a ellos el rigor de la Regla en lo que a alimentos se refiere, sino que se les tendrá una amable consideración, y anticiparán las horas de comida regulares y gozaran de todas las comodidades sin exagerar.                (LXVII)

S
obre los Hermanos ancianos
Disponemos por consejo compasivo que los Hermanos ancianos y débiles sean honrados con diligencia y reciban la atención de acuerdo con su fragilidad; y cuidados por la autoridad de la Regla en aquellos menesteres necesarios para su bienestar físico, y que en forma alguna se sientan afligidos.                                                                                                     (LXVIII)
 



Sobre los Hermanos enfermos
os Hermanos enfermos recibirán una atención especial  y un cuidado sin límites, que no tendrán con otros, como si Cristo fuera servido en ellos, para que el dicho Evangélico sea tenido presente en la memoria: “He estado enfermo y me  visitaste” (MT. 25, 36) y sean soportados con paciencia diligencia, porque de ellos se  adquiere, sin duda, un mérito divino.

   Es necesario tolerar a los Hermanos enfermos y si son ancianos mucho más, estos con mayor comprensión piadosa, según la debilidad de sus fuerzas, y honrarlos con celo entusiasta; de ningún modo sean privados de lo necesario para sus cuerpos, salvo lo prescrito por esta Regla. Ante todo y sobre todo se ha de atender a estos, sirviéndolos como a Cristo en persona,  pues Él mismo dijo: "Enfermo estuve y me visitaron"  y "Lo que hicieron a uno de estos pequeños, a mí me lo hicieron".

     Pero consideren los mismos enfermos que a ellos se los sirve para honrar a Dios, y no molesten con sus pretensiones excesivas a sus Hermanos que los sirven.  Sin embargo, se los debe soportar pacientemente, porque tales enfermos hacen ganar una recompensa mayor.  Por tanto el Comendador y Prior tenga sumo cuidado de que no padezcan ninguna negligencia.

   Para los Hermanos enfermos haya un local aparte atendido por un servidor temeroso de Dios, diligente y solícito.  Ofrézcase a los enfermos, siempre que sea conveniente, el uso de baños. A los enfermos muy débiles les es permitido comer carne para reponerse, pero cuando mejoren, dejen de hacerlo, como se acostumbra en los momentos que la regla lo indica.
   Preocúpese mucho el Comendador y el Prior de que los Hermanos servidores no descuiden a los enfermos.                                                                      (LXIX)

                         Sobre los Hermanos fallecidos y sus exequias

Todos los Hermanos Pobres Caballeros de Cristo, han de tener exequias eclesiásticas conforme al Derecho y estas Reglas.



   Las exequias eclesiásticas, con las que la Iglesia obtiene para los difuntos la ayuda espiritual y honra sus cuerpos, y a la vez proporciona a los vivos el consuelo de la esperanza, se han de celebrar según las leyes litúrgicas. La Iglesia y por ende la casa del Temple aconseja vivamente que se conserve la piadosa costumbre de sepultar el cadáver de los difuntos; sin embargo, no prohíbe la cremación, a no ser que se haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana. Canon 1176.

   Aconsejamos que si alguna autoridad civil y si el caso lo emerite, se le practique autopsia a los cuerpos de los Hermanos difuntos templarios.

Recomendamos que se practique la piadosa actividad de ser donantes de órganos. 

Las exequias por un hermano de la casa del Temple difunto deben celebrarse generalmente en su propia Iglesia parroquial, si ese capítulo no tuviere casa Capitular con su Capilla atendida por un Capellán canónicamente nombrado por el Ordinario del lugar. Adaptación al Canon 1177. Sin embargo, se permite a todos los hermanos del Temple, o a quienes compete disponer acerca de sus exequias (familiares), elegir otra iglesia para el funeral, con el consentimiento de quien rige y habiéndolo comunicado al párroco propio del difunto o el Capellán de la casa del Temple.

Si el fallecimiento tiene lugar fuera de la casa del Temple o de la parroquia propia y no se traslada el cadáver ni se ha elegido legítimamente una iglesia para el funeral, las exequias se celebraran en la iglesia de la parroquia donde acaeció el fallecimiento, a no ser que el Derecho particular designe otra. Adaptación al Canon. 1177. Pero siempre se recomendara que las exequias de algunos de nuestros Hermanos de la Casa del Temple, se celebraran generalmente en la propia iglesia, capilla u oratorio por su Capellán y si su Superior fuese un Sacerdote o Diacono permanente será presidida por él. 

Cuando un Pobre Caballero de Cristo atraviesa la muerte, esa pascua (paso), al que nadie perdona, y a la que es imposible sustraerse, pedimos y ordenamos  que durante nueve días toda la Milicia de Cristo ofrecerá en todas partes, con pureza de sentimientos al mismo Jesús , el Oficio debido y la Misa solemne y ofreciendo prodigas limosnas a los pobres por su alma. Por tanto, el Capitulo proveerá solemnes exequias junto a todos los Capellanes que en caridad con los Caballeros sirvan en la Milicia al Sumo Sacerdote. Todavía, durante estos nueve días, cada Hermano rezara el Santo Rosario, y cada año, toda la Milicia venerara su memoria con plegarias y limosnas. 

Si muere un Hermano profeso e investido, se ofrecerá el Oficio debido y la Misa solemne y se ofrecerán a los pobres por el bien de su alma. Todo Hermano profeso será enterrado con su vestidura de la Casa del Temple y se les rendirán sus honores según esta Regla.

   Si en cambio muere un Hermano no profeso o que sirve durante un periodo fijo de tiempo o un Capellán, serán recordados durante el Oficio y en la Misa comunitaria que sigue al anuncio de su muerte y serán dadas las limosnas a los pobres. El Maestre y los Superiores, juntos con todos los Hermanos de la casa  del Temple serán sepultados si es posible en un cementerio propio de la casa del Temple                                                                                                                        (LXX)
                             A quienes se les negaran exequias

Se han de negar las exequias eclesiásticas y templarías, a todos aquellos que  hayan sido excluido de la casa del Temple por las razones expuestas en la Regla 47,  sobre procedimientos y causas de expulsión.                                                   (LXXI)

Sobre los Sacerdotes, Clérigos y Capellanes que sirven a la Caridad

  Los Capellanes y todos aquellos que sirvan a la casa y Milicia de los Pobres Caballeros de Cristo con otros motivos, no podrán recibir ninguna cosa, a menos que el Maestre y los Superiores se las entregue espontáneamente o por caridad. Pero si un Sacerdote y más aún un Capellán que sirve directamente a la Casa de la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo, tendrá su ayuda y viáticos según el Derecho Canónico Latino.



 Los Capellanes son Sacerdotes a quien se le encomienda, al menos en parte, la atención pastoral de la casa del Temple, para que ejerza de acuerdo al derecho universal y particular. Adaptación al Canon 564. Los Capellanes deben ser nombrados por el Ordinario del lugar, a quién también pertenece instruir al que se le presenta o confirmar al elegido, si no se establece otra cosa por el derecho o no competen legítimamente a alguien otros derechos especiales.


   El Capellán de la Orden, debe estar provisto de todas las facultades que requiere el buen cuidado pastoral. Además aquellas que se conceden por derecho particular o especial delegación, el Capellán, por razón de su cargo, tiene la facultad de oír las confesiones de los Hermanos de la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo, predicarles la palabra de Dios, administrarles el Viático y la unción de los enfermos, y también conferir el sacramento de la confirmación a los que se encuentran en peligro de muerte. Corresponde al  Capellán celebrar u organizar las funciones litúrgicas; pero no le está permitido inmiscuirse en el régimen interno de la casa del Temple.

   Si los superiores en los casos que emeriten quieren que le ordenen un Presbítero o Diácono, elija de entre los suyos uno que sea digno de ejercer el Sacerdocio y que esté preparado en su vida y en la teología

 El ordenado a Sacerdote, empero, guárdese de la altivez y de la soberbia,  y no presuma hacer nada que no le haya mandado el Comendador o Prior y aunque el Superior sea un Hermano laico debe obedecerle, sabiendo que debe someterse mucho más a la disciplina regular. No olvide, con ocasión del Sacerdocio, la obediencia a la Regla, antes bien, progrese más y más en el Señor. 
Guarde siempre el lugar que le corresponde por su ingreso al monasterio, salvo en el ministerio del altar, o también, si el voto de la comunidad y la voluntad del Comendador y del Prior lo hubieren querido promover por el mérito de su vida. Pero sepa que debe observar la Regla establecida para los Decanos y Prepósitos.
                                                                                                       
   Si se atreve a obrar de otro modo, júzgueselo no como a Sacerdote sino como a rebelde.  Y si amonestado muchas veces no se corrige, tómese por testigo al mismo Obispo. Pero si ni así se enmienda, y las culpas son evidentes, sea expulsado de la casa del Temple,  siempre que su contumacia sea tal que no quiera someterse y obedecer a la Regla.                                                                        (LXXII)

 

Sobre los Caballeros seglares también llamados Caballeros de Oficio
Aquellos que por  piedad sirven y permanecen con los Pobres Caballeros de Cristo por un tiempo determinado son Caballeros de la Casa de Dios, pero sin investidura.


  A estos Caballeros se les llama Caballeros de Oficio y son todos aquellos Hermanos, que sin tener investidura pueden ser integrantes simbólicos. Son personas que por sus méritos, o por los servicios prestados a la casa del Temple, se hacen acreedores de esta distinción. Este Hermano no tendrá los mismos deberes y derechos que los Hermanos investidos y profesos.

   Por lo tanto con piedad pedimos para que se rece y así disponemos finalmente que si durante su estancia, el poder de Dios se lleva a alguno de ellos, por amor a Dios y propio de la fraternal misericordia, un mendigo sea alimentado durante siete días para la salvación de su alma, y cada Hermano en esa casa deberá rezar treinta paternóster y se le haga sus debidas exequias según su estado.

  Ordenamos que todos los Caballeros seglares de Oficio  que deseen con pureza de corazón servir a Cristo Jesús y la casa del Templo de Jerusalén por un periodo determinado que adquieran, cumpliendo con la norma, todo los requisitos adecuados y todo lo necesario para que sea admitido a esta tarea.

.                                                                                                        (LXXIII)

Sobre la entrada y promesas de los Novicios o Sargentos
Hemos mencionado que en el Noviciado o Sargentazgo es donde comienza la vida de un miembro de la Orden, y tiene como finalidad que ellos los Novicios o Sargentos conozcan más plenamente la vocación divina, particularmente la de la Orden.


   Los postulantes, también llamados Escuderos y los Novicios, también llamados Sargentos que deseen servir a la Orden de los Hermanos Pobres Caballeros de Cristo, por vocación y como instrumento de salvación deben cumplir un periodo determinado que rige a todas las órdenes e institutos  según el Derecho Canónico y estas reglas.

   Es prudente que sus promesas sean admitidas, para que estas vocaciones sean para la Iglesia y a la casa del Temple y sus almas no caigan en desviaciones que el enemigo ofrece para su perdición.
                                                                                              (LXXIV)

Que los Sargentos no traigan vestimenta blanca

En otro tiempo los Sargentos o Novicios usaban vestidos blancos, y la historia nos dice que antiguamente esto hizo mucho daño, se les prohíbe que usen las vestiduras o capas blancas.
                                                                                              (LXXV)

                       Como deben vestir los Hermanos
Cuando los Caballeros Profesos e investidos de la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo, estén en Capitulo o para sus actos solemnes, oficiales y eclesiales deberán vestir un manto blanco con la Cruz roja octogonal o Patriarcal sobre el brazo izquierdo, de modo que aquellos que han abandonado la vida de las tinieblas, reconozcan que se han reconciliado con su Creador, a través de una vida pura y casta.

   ¿Qué es el blanco, si no castidad incontaminada?  
   El rojo es la sangre vertida de Nuestro Señor Jesucristo en su Cruz para la salvación de todos.
   Y las ocho puntas, las Bienaventuranzas del Sermón de la Montaña.

   Aquellos que sirven durante un periodo fijo, como Profesos en prueba (Simples), les sea dado una túnica blanca con la Cruz de la Milicia sobre el pecho, como habito de servicio.
   A las Damas, como símbolo de su Donación y de su buena disposición al servicio de la Milicia,  sea entregada la capa  blanca que tendrá la Cruz de la Milicia, porque la Cruz entera está reservada a todos los que se invistan en la Milicia de Cristo.   Las Damas vistan en forma recatada y con vestidura oscura y sobria pudiendo usar combinaciones no escandalosas.

  Los Escuderos, vestirán una túnica simple blanca, pero sin la Cruz.                     El Procurador  Pañero vigilara que los vestidos de los Hermanos no sea demasiado largos ni demasiado corto, si no adaptado al Hermano que debe llevarlo puesto.

  Los Sargentos o Novicios, vestirán el sayal negro como símbolo de su búsqueda de la luz, ya que están en la oscuridad y de ella deben salir. No se permitirá a nadie más, llevar capas u hábitos blancos.

   Los Capellanes podrán llevar la capa u habito de la casa del Temple.

   Todos los Hermanos tienen la obligación de tener cuidado con su aspecto y de vestirse con dignidad y con vestiduras adecuadas a cualquier circunstancia y de acuerdo con las conveniencias sociales, de modo que con su presencia no ofendan nunca a nadie, pero sin ceder a la frivolidad de las modas, como testimonio de pobreza de espíritu .

   Los Novicios o Sargentos usaran el sayal negro como símbolo de que están saliendo de la oscuridad, llevaran sobre el pecho la cruz Patriarcal y al culminar su periodo de formación si es digno cambiara el sayal por uno blanco con la Cruz Patee al pecho y el sagrado manto blanco con la Cruz patee o patriarcal en el brazo izquierdo.
                                                                                             (LXXVI)

Casados, Célibes, Vírgenes, Viudas y Solteros
Los Hermanos Pobres Caballeros de Cristo, cualquiera sea su estado de vida podrá ser admitido. Solteros, Célibes, Casados y Clérigos podrán entrar a la Orden.

   Un Clérigo no aventaja a un Casado y viceversa, ya que cada uno cumple una función en la casa de la Orden de los Hermanos Pobres Caballeros de Cristo. Esta casa no es una Orden clerical, es una Orden de Hermanos en donde cada uno cumple un oficio. Casados y Solteros han de vivir en completa armonía, de tal modo que considerando al Casado con más experiencia en la vida, puede aconsejar al Soltero si este se lo pidiese. Pues como ambos estados, Casado o Soltero, son igualmente lícitos si son elegidos voluntariamente, la paz de Cristo reinara siempre en los corazones de los Solteros porque así como el Casado ama a su esposa y a la Iglesia, el Soltero al amar a la Iglesia nunca estará falto de amor, porque la Iglesia es comunidad, y la comunidad son sus Hermanos.

   En nuestra Orden, que es una Asociación Civil de Carácter Religioso y de vida consagrada, en  donde los fieles, Clérigos o Laicos, o Clérigos juntos con Laicos, trabajando unidos, buscan fomentar una vida más perfecta, promover el culto público, o la doctrina cristiana católica, para realizar actividades de apostolado, a saber una forma de vida fraternal y en fraternidades. En la casa del Temple un soltero puede ostentar grado de Oficial o de Superior y estar en obediencia por encima de un Hermano con estado Clerical y viceversa. Ningún estado aventaja a otro. Pero si creemos que los Casados por su experiencia están por encima de los Solteros con relación a ser consejeros.


  Un hermano que ejerza funciones Clericales por su estado en el Orden Sacerdotal, por ese mismo estado está facultado a  dar consejos en sus confesiones.                                                                                                                            (LXXVII)

Sobre el tener Hermanas en la casa del Temple
    Recomendamos que se tengan mujeres en la casa del Temple y se respeten como iguales. 


   Es cosa de igualdad en estos tiempos que vivimos, que las Damas puedan de igual forma que los Caballeros, entrar en la Orden y unirse a ella para proyectar entre todas las formas a nuestra casa y de esta manera contribuir a engendrar un modo mejor, más solidario y menos egoísta.

   Pero también recomendamos que la compañía de los Hermanos y Hermanas no se convierta en cosa peligrosa.

   Han de respetarse mutuamente como Hermanos. Si dos hermanos solteros que no tengan votos de castidad (hombre y mujer) llegasen a tener sentimientos profundos y se vean llamados a la vocación del Matrimonio, recomendamos que lleven un noviazgo digno y  de prueba y lleguen a santificar a la Iglesia.
                                                                                                    (LXXVIII)


Sobre el trato hacia las mujeres
Creemos imprudente para los Pobres Caballeros de Cristo que actúen con lascivia  hacia las mujeres y muy especialmente con las Hermanas de la Casa del Temple. Debemos tratarlas con respeto adecuado y serán saludadas de acuerdo a la cultura donde se encuentre el Capitulo.


   Existen países donde se les saluda con un beso en la cara, eso es lícito, siempre y cuando se haga de forma prudente y sin lesionar a la dama. Recomendamos a los Caballeros de la Milicia de Cristo ser cariñosos y respetuosos con sus esposas, amigas, hijas, viudas, madres, hermana, tía u otro parentesco.

   En tal perspectiva se entiende el papel insustituible de la mujer en los diversos aspectos de la vida familiar, religiosa y social que implican las relaciones humanas y el cuidado del otro. Aquí se manifiesta con claridad lo que muchos han llamado el genio de la mujer.  Ello implica, ante todo, que las mujeres estén activamente presentes, incluso con firmeza, en la familia, «sociedad primordial y, en cierto sentido, ‘‘soberana''», pues es particularmente en ella donde se plasma el rostro de un pueblo y sus miembros adquieren las enseñanzas fundamentales. Ellos aprenden a amar en cuanto son amados gratuitamente, aprenden el respeto a las otras personas en cuanto son respetados, aprenden a conocer el rostro de Dios en cuanto reciben su primera revelación de un padre y una madre llenos de atenciones.

  Cuando faltan estas experiencias fundamentales, es el conjunto de la sociedad el que sufre violencia y se vuelve, a su vez, generador de múltiples violencias.
Esto implica, además, que las mujeres estén presentes en el mundo del trabajo y de la organización social, y que tengan acceso a puestos de responsabilidad que les ofrezcan la posibilidad de inspirar las políticas de las naciones y de promover soluciones innovadoras para los problemas económicos y sociales. Estas serán las Damas Templarías llenas del espíritu de las Madres y de aquellas heroínas de la historia de la cristiandad. El trato hacia las Hermanas del Temple será igual que cualquier otro Hermano, esto buscando la igualdad y la fraternidad

   Ellas nuestras Damas serán tratadas no como objetos, sino como dignas herederas de la Madre del  Cielo, como lo es María Santísima la Madre de Dios.
   Cualquier Caballero que atentara en contra de la dignidad de una Dama y muy en especial de una Dama Templaría será reo de expulsión de la Santa Milicia.

   Cuídense los hermanos de maltratar a las damas de la Milicia, de pensamientos, palabras y hechos.

   Las Damas ostentaran los diversos cargos dentro de la Orden pudiendo llegar a cargos de alta Jerarquía.                                                                   (LXXIX)

Sobre ser o no ser padrinos
o prohibimos que los Hermanos, sean padrinos de párvulos, se los dejamos a su criterio. Basándonos en el Canon 872, recomendamos que en la medida de lo posible, a quien va a recibir el Bautismo se le ha de dar un padrino, cuya función es asistir en su iniciación cristiana al adulto que se bautiza, y juntamente con los padres, presentar al niño que va a recibir el Bautismo y procurar que después lleve una vida cristiana congruente con el Bautismo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al mismo.


   Para que un Hermano o Hermana Pobre de Cristo sea Padrino es necesario:

I- Haya sido elegido por quien va a ser  bautizado o por sus padres o por quienes ocupan su lugar o, faltando estos, por el Párroco, o Capellán de la Orden o ministros; y que tenga capacidad para esta misión e intención de desempeñarla.
II- Haya cumplido dieciséis años, a no ser que el Obispo diocesano establezca otra edad, o que, por justa causa, el Párroco o Capellán o ministro consideren admisible una excepción.
III- Sea un Buen católico, este confirmado, haya recibido ya el Santísimo Sacramento de la Eucaristía y lleve, al mismo tiempo, una vida congruente con la fe y con la misión que va asumir.
IV- No esté afectado por una pena canónica, legítimamente impuesta o declarada.
V- No sea padre o la madre de quien se ha de bautizar. 
                                                                                                           (LXXX)


T
odos deben respetar esta Regla
Ordenamos para siempre que todos cumplan y respeten esta Regla en cada parte. Esta es una forma de vida que debe ser cumplida y que  el incumplimiento de algunas de sus reglas será motivo de desobediencia a la casa del Temple, o sus Superiores y al mismo Dios.

   Hemos escrito esta Regla basándonos en los principios de la primera de San Bernardo y adaptándola para que, observándola en la casa del Temple, manifestemos tener alguna honestidad de costumbres, o un principio de vida del Fraile Guerrero, del Hermano simple. Pero para el que corre hacia la perfección de la vida en comunidad sea cual sea su estado de vida sea comunitario o individual, están las enseñanzas de los santos Padres como lo han sido san Benito y san Bernardo y muchos más, cuya observancia lleva al hombre a la cumbre de la perfección. 

Porque ¿qué página o qué sentencia de autoridad divina del Antiguo o del Nuevo Testamento, no es rectísima norma de vida humana?  O ¿qué libro de los santos Padres  de la Iglesia Católica no nos apremia a que, por un camino recto, alcancemos a nuestro Creador?  Y también las Colaciones de los Padres, las Instituciones y sus Vidas, como también la vida de nuestra Señora Madre la Inmaculada Concepción, ¿qué otra cosa son sino instrumento de virtudes para nosotros la nueva casta de Frailes Guerreros de vida santa y obedientes? Pero para nosotros, perezosos, licenciosos y negligentes, son motivo de vergüenza y confusión.

   Quienquiera, pues, que te apresuras hacia la patria celestial, practica, con la ayuda de Cristo, esta  Regla de iniciación que hemos delineado,  y entonces, por fin, llegarás, con la protección de Dios, a las cumbres de doctrina y virtudes que arriba dijimos. 
                                                                                                       (LXXXI)

                                   Sobre el secreto en los consejos y capítulos

Todo lo que se diga o lo que se oyera en los Capítulos o reuniones de la Casa del temple y de sus deberes como Hermanos Pobres Caballeros de Cristo, deberá guardarse el secreto estricto de Obediencia.
   Esto basado en la sana prudencia y entendiéndose, que el conocimiento que nos viene es por la sabiduría, ya que somos una Orden de Hermanos (Frailes) y si divulgásemos algo sería una traición intolerable, a la tradición histórica de nuestra Orden. La prudencia será nuestra máxima sabiduría.
                                                                                                      (LXXXII)


S
obre el dialogo con los no creyentes
Recomendamos a los hermanos que estén preparados y muy especialmente a los superiores y al mismo Maestre que el mensaje del Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo llegue a los no creyentes que vivan en el territorio u otro.


   Que se utilicen las nuevas armas para la Evangelización y Protección de los Santos Lugares, como lo son la Palabra y los Medios de Comunicación Social, puesto que también a estos, lo mismo que los fieles, debe alcanzar la cura de las almas. Adaptación al Canon. 771. 
Los Pobres Caballeros de Cristo con el testimonio  de su vida y de su palabra, entablen  los misioneros un dialogo sincero con quienes no creen en Cristo, para que, de modo acomodado a la mentalidad y cultura de estos, les abran los caminos por los que puedan ser llevados a conocer el mensaje evangélico y la misión de la Casa del Temple. Los Pobres Caballeros de Cristo, cuiden enseñar las verdades de la fe a quienes consideren preparados para recibir el mensaje evangélico, de modo que, pidiéndolo ellos libremente, puedan ser admitidos a la recepción del bautismo.
                                                                                                      (LXXXIII)

Sobre el movimiento ecuménico y su práctica
Los Pobres Caballeros de Cristo, en su tradición somos cristianos de la Iglesia Católica, con una práctica tradicional de acercamientos hacia otros Hermanos, dentro del Ecumenismo y el diálogo ínter-religioso.


   El templario fomentara en concordancia con la Iglesia de Cristo y sus  auténticos pastores como lo son los obispos el  movimiento ecuménico, cuyo fin es reintegrar  en la unidad a todos los cristianos, unidad que la Iglesia, por voluntad de Cristo, está obligada a promover (Canon 755).

   La tarea de la Orden será el de trabajar en la promoción de la unidad de los cristianos de diferentes denominaciones existentes para luego caminar hacia un diálogo ínter-religioso principalmente con las religiones Judaica, con quien compartimos nada menos que el Antiguo Testamento, (o Primer Testamento como suele también llamárselo); con el Islam, religión monoteísta y que se reconoce como “Abrahámica” y luego Diálogo con las otras religiones.

   Abarca el ámbito global de la misión del Evangelio en toda la tierra habitada, que incluye el compromiso con toda la evangelización, la opción por la unidad de los cristianos, el diálogo con otras religiones mundiales y el compromiso con los proyectos de desarrollo humano. Este objetivo General en su búsqueda y dialogo, no persigue el inducir a los otros a convertirse a ninguna Iglesia, Credo o Religión, sino que busca la conversión en Cristo Jesús. Teniendo como fines y objetivos específicos partiendo de lo que es el Ecumenismo que “es el conjunto de actividades y de obras que, conforme a las distintas necesidades de la Iglesia de Cristo y a las circunstancias de los “signos de los tiempos, se suscitan y se ordenan a fin de favorecer la unidad no de las iglesias, sino de los cristianos.
                                                                                                   (LXXXIII - A)


Sobre el profesar doctrinas y asociaciones condenadas por la Iglesia
Un Pobre Caballero de Cristo no debe promover doctrinas contrarias a la fe, ni pertenecer a asociaciones que atenten contra la Iglesia Católica y de la verdad verdadera sobre nuestro Señor Jesucristo tal es el caso de algunas asociaciones como la Francmasonería.


   El Templario que apostata contra la fe, el hereje o el cismático incurren en excomunión latee sententiae. Quien desobedece a la Sede Apostólica al Ordinario o al Maestre o Superior cuando mandan o prohíben algo legítimamente, y persiste en su desobediencia después de haber sido amonestado.

   Quien recurre al Concilio Ecuménico o al Colegio de los Obispos contra un acto del Romano Pontífice, debe ser castigado con una censura canónica y de estas reglas.    El Hermano  Caballero de Cristo que suscita públicamente la aversión o el odio de los súbditos contra la Sede apostólica o el Ordinario, con motivo de algún acto de potestad  o de ministerio eclesiástico, o induce a los súbditos a desobedecerlos.

   Ningún Pobre Caballero de Cristo debe estar inscrito en una asociación que maquina contra la Iglesia, debe ser castigado con una pena justa; quien promueve o dirige esa asociación, ha de ser castigado con entredicho y será expulsado inmediatamente, al menos que se retracte públicamente y notoriamente por medio de un escrito de haber pertenecido a dicha asociación, ya que el templario nació para proteger a los Santos Lugares y a la Iglesia Católica, Apostólica y Romana, en contra de los ataques de sus enemigos y si es posible el de dar su vida por ella y el Sumo Pontífice.
                                                                                                     (LXXXIV)
 

Sobre la formación de los Hermanos
Por medio de una formación adecuada, prepárense a los Caballeros a observar el compromiso de su investidura y profesión. Se han de dar a conocer a los Postulantes y Novicios de la casa del Temple las obligaciones y las cargas propias de las reglas del Temple y sus estatutos, sin ocultarles ninguna de las dificultades que lleva consigo ser templario.


   La formación doctrinal que ha de impartirse en la casa de los Pobres Caballeros de Cristo debe tener a que los Hermanos, junto con la cultura general adecuada a las necesidades del tiempo y del lugar, adquieran un conocimiento amplio y solidó de las disciplinas sagradas, de modo que,  fundado y alimentado en ellas su propia fe, puedan anunciar convenientemente la doctrina del Evangelio y las enseñanzas de la Casa del Temple, a los hombres de su tiempo, de manera apropiada a la mentalidad de estos.                                                                                             (LXXXV)

Los Superiores de La Casa de los Pobres Caballeros de Cristo y el Maestre han de promover en el plan de formación de la Orden todo lo referente a la espiritualidad e historia de la casa del Temple. Deben ser instruidos cuidadosamente en su lengua propia, y también que dominen la lengua latina, y adquieran también aquellos conocimientos convenientes de otros idiomas (Hebreo – Arameo - Griego) que resulte necesario y útil para su formación General teológica, filosófica.                                                                                                                         (LXXXV - A)

Sobre la formación Filosófica y Teológica
Los Estudios Filosóficos y Teológicos previstos en  El Noviciado de la Orden de Los Pobres Caballeros de Cristo, pueden hacerse sucesivamente o simultáneamente, de acuerdo con un Plan de Formación adecuado y realizado por Pedagogos y Teólogos y al menos debe durar cuatro años, tiempo destinado a las materias teológicas, filosóficas y  sobre la espiritualidad e historia de  la Orden misma.

                                                                                                (LXXXV - B)

                                     Sobre la formación Filosófica

La formación Filosófica que debe fundamentarse en el patrimonio de la filosofía perenne y tener en cuenta a la vez la investigación filosófica realizada, con el progreso del tiempo, se ha de dar de manera que complete la formación humano de los Pobres Caballeros de Cristo, contribuya a agudizar su mente y les prepare para que puedan realizar  mejor sus estudios Teológicos y  de la misma Orden.

  La formación Teológica, a la luz  de la fe y bajo la guía del magisterio, se ha de dar de manera que los Hermanos  Pobres Caballeros de Cristo, conozcan toda la doctrina Cristiana de la Iglesia Católica, fundada en la Revelación  Divina, la hagan alimento de su propia vida espiritual y la sepan comunicar y defender convenientemente en el ejercicio de su vocación cristiana dentro de la Orden de los Pobres Caballeros y desde luego en su vida misma.
                                                                                               (LXXXV - C)

                                         Sobre el régimen de formación


Se ha de formar a los Hermanos Pobres Caballeros de Cristo, con particular diligencia en los misterios de las Sagradas Escrituras, especialmente la Biblia, de modo que adquieran una visión completa de toda ella. Ha de haber clases de Teología dogmática, fundada siempre en la palabra de Dios escrita, juntamente con la sagrada Tradición, con  que los Pobres Caballeros de Cristo conozcan de modo más profundo los misterios de salvación, teniendo principalmente como maestro a Santo Tomas; y también clases de Teología Moral y Pastoral Catequista, de Derecho Canónico, de Liturgia, de Historia Eclesiástica y de otras disciplinas, auxiliares y especiales, de acuerdo con las normas del Plan de Formación de la Orden de  Los Pobres Caballeros de Cristo del Templo de Jerusalén. Sabiendo que nuestra Orden no es Clerical, pero si aprendiendo estas disciplinas que no son exclusivas para solo clérigos, para que de esta forma profundizar más en su fe según los “Signos de Los Tiempos”.                                                                                      (L XXXV - D)


Sobre quienes deben formar
ara los cargos de formadores de las disciplinas filosóficas, teológicas y jurídicas, el Superior de la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo, conjuntamente con el Guardián de la Doctrina y de la Fe y el Obispo interesados, nombraran a un Maestro de Formación que dirija a los demás formadores solamente aquellos que, destacando por sus virtudes, han conseguido el Doctorado o por lo menos sea Licenciado o Perito en una Universidad o Escuela de Formación o Facultad reconocida por la Santa Sede o por ende por el Ordinario del Lugar.

    Los Superiores deben procurar nombrar formadores distintos para las Sagradas Escrituras, Teología dogmática, Teología Moral, Liturgia, Filosofía, Derecho Canónico, Historia Universal, Historia Eclesiástica, Historia de la Orden y para otras disciplinas, que se han de explicar según sus propios métodos.
                                                                                                  (LXXXV - E)


S
obre la formación de la Doctrina Cristiana Católica
En la Enseñanza, los  Formadores han de prestar constantemente atención especial a la íntima unidad y armonía de toda la doctrina de la Fe, de manera que los Hermanos Pobres Caballeros de Cristo, comprendan que están aprendiendo una ciencia única, basada en la Revelación.

   Enseñen a los Hermanos Pobres Caballeros de Cristo de manera que se hagan capaces de examinar las cuestiones con método científico mediante apropiadas investigaciones realizada por ellos mismos; se tendrán, por tanto ejercicios en los que bajo la dirección de profesores y formadores, los Hermanos Pobres Caballeros de Cristo aprendan a llevar a cabo estudios con su propio trabajo.

   Dentro de esta formación, también los Hermanos de nuestra Fraternidad harán tareas de obras de piedad, evangelización, educación y cualquier otra que crean conveniente los formadores que busquen integrarse a la comunidad por  intermedio de la Iglesia Local.


   Enséñense a los Hermanos Pobres Caballeros de Cristo las necesidades de la Iglesia Universal para poder ser vivida según el espíritu de nuestra  Fraternidad y su Tradición Histórica y Espiritual
                                                                                               (LXXXV -F)


S
obre la pedagogía a utilizar
La Pedagogía de Formación ha de realizarse  de tal modo que se sientan interesados   no solo por la Iglesia particular  a cuyo servicio por medio de la Orden misma se hará, sino también por la universalidad de los misterios de la Fe.(Toda esta formación la hemos basado en el Canon 748 No.1 que reza: Todos los hombres, están obligados a buscar la verdad en aquello que se refiere a Dios y a su Iglesia, y, una  vez conocida, tienen por Ley Divina, el deber y derecho de abrazarla”                                                                             (LXXXV - G)


                    Sobre los días festivos y de ayuno que se deben guardar

El domingo es el que se celebra el Misterio Pascual, por tradición apostólica, ha de observarse en toda la Iglesia y por ende en la Casa de los Pobres Caballeros de Cristo como fiesta primordial de precepto.

    Igualmente deben observarse los días de “Navidad, Epifanía, Ascensión, Santísimo Cuerpo y Sangre de Cristo, Santa María Madre de Dios, Inmaculada Concepción y Asunción, San Pedro y Pablo y finalmente Todos los Santos y Ángeles y muy especialmente el días de María Magdalena y de San Miguel Arcángel, de San Bernardo de Claraval Abad”. Canon 1246.

   Las conferencias de cada país, previa aprobación de la Sede Apostólica, puede suprimir o trasladar a domingo alguno de las fiestas de precepto.  El Domingo y las demás fiestas de precepto Los Pobres Caballeros de Cristo tienen obligación de participar en la Misa, y se abstendrán además de aquellos trabajos y actividades que impidan dar culto a Dios, gozar de la alegría propia del día del Señor o disfrutar del debido descanso de la mente y del cuerpo.                                       (L XXXVI)

Sobre la Penitencia
odos los Hermanos de la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo, cada uno a su modo, están obligados por Ley Divina a hacer Penitencia; sin embargo, para que todos se unan en alguna práctica común de penitencia, se han fijado unos días de penitencia, en los que se dediquen los templarios de manera especial a la oración, realicen obras de piedad y caridad y se nieguen a sí mismos, cumpliendo con mayor fidelidad sus propias obligaciones y, sobre todo, observando el ayuno y la abstinencia.                                  
                                                                                                    (LXXXVII)







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